Sentencia Nº TC/0142/22 de Tribunal Constitucional, 13-05-2022
Número de sentencia | TC/0142/22 |
Fecha | 13 Mayo 2022 |
Número de expediente | TC-05-2021-0163 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0163, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
señora F.E.R. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00140, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 61
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0142/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0163, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por la señora F...
.E..R. contra la
Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-
00140, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
veinticinco (25) de marzo de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; Lino
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L.B.
.M.rcos, M..U.B..V., J..P..C.K., V..
.J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M.V.M.ontero, J.A. Vargas G. y Eunisis
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0163, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
señora F.E.R. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00140, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 61
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00140, objeto del presente recurso de
revisión de amparo, fue dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
Mediante dicha decisión se declaró inadmisible la acción de amparo incoada por
la señora Fidelia E.sa R. en contra de la Procuraduría General de la
República y el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM). En
efecto, el dispositivo de la sentencia recurrida es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente acción
constitucional de amparo, interpuesta por la señora FIDELIA
ESPINOSA RODRÍGRUEZ, en fecha 22 de diciembre de 2020, contra
la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y el
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MIPYMES (MICM), por
existir otra vía judicial que permite obtener la protección efectiva del
derecho fundamental invocado, de conformidad a las disposiciones del
artículo 70, numeral 1ro., de la Ley núm. 137-1 1 de fecha 13 de junio
del año 201 1, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, como lo es la vía contenciosa
administrativa por ante éste Tribunal Superior Administrativo,
conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA el presente proceso libre de costas.
TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por
secretaría a las partes envueltas en el proceso y a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINISTRATIVA.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0163, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
señora F.E.R. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00140, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 61
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada a la señora F.E.
.R. mediante el acto núm. 623/2021 del veintisiete (27) de mayo de dos
mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial R.D..R.ez,
alguacil de estrado del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso en revisión
La recurrente, señora Fidelia Espinosa Rodríguez, interpuso un recurso de
revisión de amparo contra la indicada sentencia, mediante instancia depositada
el uno (1) de junio de dos mil veintiuno (2021), remitida a este tribunal el
dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). El referido recurso se
fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El indicado recurso de revisión fue notificado a la Procuraduría General de la
República, al Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) y a la
Procuraduría General Administrativa mediante el Acto núm. 968/2021, de siete
(7) de julio de dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial R..m.
.Y..d..O..R., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
Los fundamentos desarrollados por el tribunal que dictó la sentencia recurrida,
son los siguientes:
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