Sentencia Nº TC/0152/23 de Tribunal Constitucional, 31-03-2023

Número de sentenciaTC/0152/23
Fecha31 Marzo 2023
Número de expedienteTC-05-2019-0279
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0279, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por la L.. S.Y.R., procuradora fiscal titular de la Fiscalía de D. contra la
Sentencia núm. 136-2019-SSEN-00128, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de D. del veintinueve (29) de julio del año dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 48
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0152/23
Referencia: Expediente núm.
TC-05-2019-0279, relativo al
recurso de revisión constitucional
de sentencia de amparo
interpuesto por la L.. S.
.
Y..R., procuradora
fiscal titular de la Fiscalía de
D. contra la Sentencia núm.
136-2019-SSEN-00128, dictada
por la Cámara Penal Unipersonal
del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de D. del
veintinueve (29) de julio del año
dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo,
República Dominicana, a los treinta y uno (31) días del mes de marzo del
año dos mil veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; L..V..S., segundo sustituto;
J.A..A., A..L.B..M., M..U.B.
.
V., J..P.C.llanos K., V.J..C..P.,
D.G. y J.A.V.G., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0279, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por la L.. S.Y.R., procuradora fiscal titular de la Fiscalía de D. contra la
Sentencia núm. 136-2019-SSEN-00128, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de D. del veintinueve (29) de julio del año dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 48
los artículos 185.4 de la Constitución; 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional
de sentencia de amparo
La Sentencia núm. 136-2019-SSEN-00128, fue dictada el veintinueve (29)
de julio del año dos mil diecinueve (2019) por la Cámara Penal
Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
D.; su dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: Declara en cuanto a la forma buena y válida la acción
de amparo incoada por el accionante L..G.P. De
J., a través de sus abogados apoderados L.. I.C.
.
R.C. Y J..F.R., en contra de S.
.
Y.R., en la calidad que ostenta que es de Procuradora
Fiscal del este Departamento Judicial de D., mediante
instancia depositada en fecha 19/07/2019, por presunta
vulneración a los derechos fundamentales del ciudadano L.
.
G. Pérez De J., por la no devolución de la garantía
económica que le fuera impuesta mediante Resolución No. 2018-
SRES-00693, de fecha 8-7-2018, por la Oficina Judicial de
Servicio de Atención Permanente del Distrito Judicial de D.,
por el monto de veinte mil pesos RD$20,000.00, en efectivo a ser
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0279, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por la L.. S.Y.R., procuradora fiscal titular de la Fiscalía de D. contra la
Sentencia núm. 136-2019-SSEN-00128, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de D. del veintinueve (29) de julio del año dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 48
depositados en el Banco Agrícola, por haber sido interpuesta
conforme a las normas que rigen la materia.
SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge la solicitud de amparo a los
derechos conculcados al impetrante L..G..P. De
J., por lo que ordena a la Procuradora Fiscal del este
Departamento Judicial de D., la devolución inmediata de la
garantía económica que le fuera impuesta mediante Resolución
No. 2018-SRES-00693, de fecha 8-7-2018, por la Oficina Judicial
de Servicio de Atención Permanente del Distrito Judicial de
D., por el monto de veinte mil pesos RD$20,000.00, en virtud
de que fue declarado el cese de la medida a favor del impetrante,
mediante Resolución Penal Núm. 601-019-SACO-00036, de fecha
25-02-2019, emanada del Primer Juzgado de la Instrucción del
Distrito Judicial de D..
TERCERO: Condena a S.Y..R., en la calidad que
ostenta que es de Procuradora Fiscal de este Departamento
Judicial de D., al pago de un Astreinte por la suma de dos mil
pesos (RD$2,000.00) por cada día de retardo en la ejecución de
esta decisión, a favor del señor L.G..P. De J.,
a partir de la notificación de esta decisión.
CUARTO: La presente decisión puede ser recurrida mediante el
Recurso de Revisión ante el Tribunal Constitucional, conforme al
mandato de la norma. (Sic)

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