Sentencia Nº TC/0153/18 de Tribunal Constitucional, 17-07-2018

Número de sentenciaTC/0153/18
Número de expediente TC-05-2017-0205
Fecha17 Julio 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0205, relativo al recurso de revisión en materia de amparo incoado por Carlos Manuel Metivier
Mejía en contra d e la Sentencia núm. 042-2017-SSEN-00093, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 40
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0153/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0205, relativo al recurso de
revisión en materia de amparo
incoado por Carlos Manuel Metivier
Mejía en contra de la Sentencia núm.
042-2017-SSEN-00093, dictada por
la Cuarta Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional el veintiséis (26) de
julio de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e
Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de
la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0205, relativo al recurso de revisión en materia de amparo incoado por Carlos Manuel Metivier
Mejía en contra d e la Sentencia núm. 042-2017-SSEN-00093, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 40
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La acción de amparo incoada por el señor Carlos Manuel Metivier Mejía es en
contra de la Sentencia núm. 042-2017-SSEN-00093, dictada por la Cuarta Sala de
la Cámara Penal del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el
veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017), cuyo dispositivo, copiado
textualmente, es el siguiente:
Primero: en virtud de las disposiciones del inciso 1 del artículo 70 de la ley
Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
Constitucionales, declara INADMISIBLE la presente Acción Constitucional
de Amparo, impetrada por el ciudadano CARLOS MANUEL METIVIER
MEJIA, mediante instancia de fecha trece (13) de julio del dos mil diecisiete
(2017), en virtud de que existen vías judiciales efectivas abiertas que
permiten al accionante tutelar los derechos fundamentales invocados.
Segundo: Declara las costas penales de oficio.
Tercero: Fija la lectura integral dela presente sentencia para el próximo
lunes treinta y uno (30) de julio, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), para
lo cual se convoca a las partes, y a partir de cuya lectura inicia el cómputo
de los plazos para fines de apelación.
La Sentencia núm. 042-2017-SSEN-00093 fue notificada a la parte recurrente,
señor Carlos Manuel Metivier Mejía, el primero (1°) de agosto de dos mil
diecisiete (2017); y al procurador general administrativo el veintiséis de junio de
dos mil diecisiete (2017).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0205, relativo al recurso de revisión en materia de amparo incoado por Carlos Manuel Metivier
Mejía en contra d e la Sentencia núm. 042-2017-SSEN-00093, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017). Página 3 de 40
2. Presentación del recurso de revisión
El recurrente, Carlos Manuel Metivier Mejía, interpuso el presente recurso el
cuatro (4) de agosto de dos mil diecisiete (2017). No existe en los documentos que
conforman el expediente constancia de notificación a la parte recurrida,
Procuraduría General de la República y el Dr. Jean Alain Rodríguez.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional, el veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017), declaró
inadmisible la acción constitucional de amparo interpuesta por el señor Carlos
Manuel Metivier Mejía, por los motivos y argumentaciones que, en síntesis, son
las siguientes:
No es un hecho controvertido por las partes que este tribunal conoció el
proceso constitucional en un juicio oral, público y contradictorio, con las
garantías constitucionales y procesales que establece el artículo 69,
numerales 2,3,4, y 10, de la Constitución, en el sentido de respetar: “ 2) el
derecho a ser oído, dentro de un plazo razonable y por una jurisdicción
competente, independiente e imparcial establecida con anterioridad en la
ley; 3) el derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratada como tal,
mientras no se haya declarado su culpabilidad por sentencia irrevocable”.
Dicho texto normativo comprende que se celebrará un juicio “en plena
igualdad y con respeto al derecho de defensa;10) las normas del debido
proceso se aplicaran a toda clase de actuaciones judiciales y
administrativas”; preceptos que garantizan la tutela judicial efectiva y el
debido proceso desarrollados por las leyes adjetivas, como ocurre con la
Ley núm. 137-11, de fecha trece de junio del año dos mil once (2011),

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