Sentencia Nº TC/0153/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0153/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2020-0076
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0076, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto
por el señor Luis José Francisco Vásquez, contra la Resolución núm. 2844-2019, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justica, el diecinueve (19) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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NOMBRE DE LAREPÚBLICA
SENTENCIA TC/0153/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2020-0076, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional, interpuesto por el señor
José Luis Francisco Vásquez, contra la
Resolución núm. 2844-2019, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justica, el diecinueve (19) de
julio de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veinte y
uno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez
Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
y 277 de la Constitución, y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0076, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto
por el señor Luis José Francisco Vásquez, contra la Resolución núm. 2844-2019, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justica, el diecinueve (19) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Resolución núm. 2844-2019, del diecinueve (19) de julio de dos mil
diecinueve (2019), dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,
declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el recurrente José
Luis Francisco Vásquez. El dispositivo de dicha decisión es el siguiente:
“Primero: Declara la inadmisibilidad del recurso de casación
interpuesto por José Luis Francisco Vásquez, contra la sentencia núm.
203-2018-SSEN-00417, dictada por la Cámara penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de La Vega, el 26 de noviembre de
2018, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de la presente
resolución;
Segundo: Condena al recurrente José Luis Francisco Vásquez al pago
de las costas;
Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes y
al Juez de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de La
Vega, para los fines correspondientes.”
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0076, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto
por el señor Luis José Francisco Vásquez, contra la Resolución núm. 2844-2019, dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justica, el diecinueve (19) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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La resolución anteriormente descrita fue notificada al Lic. Jan Carlos José
Capellán de la Cruz, abogado de la parte recurrente en revisión constitucional,
mediante Memorándum (Oficio Núm. 02-13054) de la Secretaría General de la
Suprema Corte de Justicia, recibido el trece (13) de septiembre de dos mil
diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión fue interpuesto por el señor José Luis Francisco
Vásquez, mediante de instancia depositada en la Secretaría de la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia, el cuatro (4) de octubre de dos mil diecinueve
(2019), y fue recibido en la Secretaría del Tribunal Constitucional el veintisiete
(27) de abril de dos mil veinte (2020).
Dicho recurso fue notificado al Lic. Andrés Estrella Núñez, abogado de la parte
recurrida, mediante acto S/N-2019, del ministerial Ernesto Roque Hernández,
alguacil de estrados del Juzgado de la Instrucción de la Cámara Penal del
juzgado de Primera Instancia de Monseñor Nouel, el veinticinco (25) de octubre
de dos mil diecinueve (2019). Además, existe constancia en el expediente de la
notificación del presente recurso a la parte recurrida, señor Jorge Luis Santos,
en el domicilio de su madre, mediante el Acto núm. 760/2019, del ministerial
Daniel Reynoso Estrada, del veintidós (22) de octubre de dos mil diecinueve
(2019).
El presente recurso de revisión fue notificado, a su vez, a la Procuraduría
General de la República, mediante Oficio núm. 16924 de la Secretaría General

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