Sentencia Nº TC/0156/23 de Tribunal Constitucional, 31-03-2023

Número de sentenciaTC/0156/23
Fecha31 Marzo 2023
Número de expedienteTC-04-2022-0126
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.F. P érez contra la Sentencia núm. 918, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el
veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 59
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0156/23
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0126, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
A...F.l..P. contra la
Sentencia núm. 918, dictada por la
Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintiocho (28) de
diciembre de dos mil dieciocho
(2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta y uno (31) días del mes de marzo del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; M.U.B..V., V.
.
J.C..P., D..G., M..V.M., J.
.
A.V..G. y E..V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución; 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.F. P érez contra la Sentencia núm. 918, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el
veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 59
1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 918, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada el
veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho (2018) por la Tercera Sala
de la Suprema Corte de Justicia. En su parte dispositiva, la referida decisión
dispone lo siguiente:
Primero: Casa sin envío, por no haber nada que juzgar, la sentencia
dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central,
el 24 de febrero del 2006, relativa a la litis de derechos registrados
(nulidad y cancelación) de todos y cada uno de los certificados de títulos
[sic], carta constancia, deslinde y subdivisiones y toda operación
registral o catastral sobre la Parcela núm. 215-A, del Distrito Catastral
núm.3, del municipio Enriquillo, que avala una extensión superficial de
36, 197 hectáreas, 87 áreas, 62 centiáreas, amparada en el Certificado
de Título núm. 28 a favor del Estado dominicano, libre de anotación y
gravamen, por los motivos expuestos, debiendo el funcionario
correspondiente (Registrador de Títulos) hacer mérito al dispositivo y
eficacia de la presente decisión judicial;
Segundo: Se declara inaplicable y carente de validez el acuerdo de
cuota litis entre el Estado Dominicano y los abogados particulares, los
Dres. M. de J.C..G., S.R..S. y los
Licdos. G.B.P. y B.M.N., por ser
violatorio al interés general desproporcionado y no razonable;
Tercero: Compensa las costas del procedimiento.
República Dominicana
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Expediente núm. TC-04-2022-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.F. P érez contra la Sentencia núm. 918, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el
veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 59
El dispositivo de dicha sentencia fue notificado al señor A.F..l.P.
mediante el Oficio núm. 1165, de ocho (8) de febrero de dos mil diecinueve
(2019), emitido por la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El señor A..F..P. interpuso formal el recurso de revisión
constitucional contra la decisión descrita precedentemente mediante instancia
recibida en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho
(18) de marzo de dos mil diecinueve (2019), la cual fue remitida al Tribunal
Constitucional el cinco (5) de septiembre de dos mil veintidós (2022).
La señalada instancia y los documentos anexos a ésta fueron notificados
mediante el Acto núm. 117/2019, de veintidós (22) de marzo de dos mil
diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial J.A.F..o.
.
P., alguacil ordinario de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional, a las partes recurridas, Estado
dominicano, representado por el procurador general de la República
Dominicana, abogado del Estado, Dirección General de Bienes Nacionales,
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ministerio de Turismo e
Instituto Agrario Dominicano (IAD).
3. Fundamentos de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 918, dictada por la Tercera de la Suprema Corte de Justicia,
casó sin envió la sentencia dictada el veinticuatro (24) de febrero de dos mil seis
(2006) por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central,
fundamentándose, entre otros, en los motivos siguientes:

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