Sentencia Nº TC/0158/23 de Tribunal Constitucional, 31-03-2023

Número de sentenciaTC/0158/23
Fecha31 Marzo 2023
Número de expedienteTC-05-2020-0131
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0131, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto
por el señor B.C.V. contra la Sentencia núm. 030 -04-2020-SSEN-00041, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 1 de 37
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0158/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0131, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el señor
B.C..V. contra
la Sentencia núm. 030-04-2020-
SSEN-00041, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el doce (12) de febrero
de dos mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta y uno (31) días del mes de marzo del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; A.L.B.M., M.U.
.
B.V., J.P..C.K., V..J.C.
.
P., Domingo G., M.V..M., J.A..V..G.
y E.V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución; 9, 94 y siguientes de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0131, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto
por el señor B.C.V. contra la Sentencia núm. 030 -04-2020-SSEN-00041, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 2 de 37
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 030-04-2020-SSEN-00041, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Tercera Sala
del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de febrero de dos mil veinte
(2020). Su fallo declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el
señor B.C.V.ra contra la Policía Nacional, el mayor
general N.A.B.A. y el Consejo Superior Policial. El
dispositivo de la sentencia establece textualmente lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por la parte
accionada POLICIA NACIONAL y en consecuencia, DECLARA
INADMISIBLE la presente acción constitucional de amparo,
interpuesta por el señor BIENVENIDO CONTRERAS VENTURA, en
fecha 08/11/2019, por encontrarse vencido el plazo de 60 días a tales
fines, de acuerdo a las disposiciones del artículo 70, numeral 2do, de
la Ley núm. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante señor BIENVENIDO CONTRERAS VENTURA, a los
accionados la POLICÍA NACIONAL conjuntamente con su D.
.
M. General, I.. N..A..B..A. y el
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0131, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto
por el señor B.C.V. contra la Sentencia núm. 030 -04-2020-SSEN-00041, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 3 de 37
CONSEJO SUPERIOR POLICIAL, así como a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
Dicha sentencia le fue notificada a la parte recurrente, señor B.
.
C.V., mediante Acto núm. 191-2020 de tres (3) de marzo de dos
mil veinte (2020), del ministerial R.E.sto G.A.,
alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente, señor B.C.V., interpuso el presente
recurso de revisión constitucional el diez (10) de marzo de dos mil veinte
(2020) y fue recibido en este tribunal el diecinueve (19) de agosto de dos mil
veinte (2020), a fin de que se revoque la decisión recurrida. Los fundamentos
de esta petición se expondrán más adelante. El indicado recurso le fue
notificado a la parte recurrida, a requerimiento del señor Bienvenido C.
.
V., mediante el Acto núm. 603/2020, de siete (7) de julio de dos mil veinte
(2020), del ministerial A.D..A., alguacil ordinario del Primer
Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible la
acción de amparo interpuesta por el señor B..C..V. en

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