Sentencia Nº TC/0159/23 de Tribunal Constitucional, 31-03-2023

Número de sentenciaTC/0159/23
Fecha31 Marzo 2023
Número de expedienteTC-05-2020-0087
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0087, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor R.O.V.d.R. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00329, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 41
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0159/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0087, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
R.O..V.d..R.
contra la Sentencia núm. 0030-04-
2019-SSEN-00329, dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dos (2) de
septiembre de dos mil diecinueve
(2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta y uno (31) días del mes de marzo del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D.F., primer sustituto, en funciones de presidente; L.V.
.
S., segundo sustituto; J..A..A., A..L.B...M.,
M.U.B..n.V., J..P.C..K., V..J.
.
C.P., D.G., M..V.M., J..A.
.
V.G. y E..V.A., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
y 277 de la Constitución; 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0087, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor R.O.V.d.R. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00329, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 41
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00329, objeto del presente recurso de
revisión constitucional, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dos (2) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). Esta
decisión rechazó, en cuanto al fondo, la acción de amparo promovida por el
señor R..O.V.d..R., contra la Policía Nacional y su
director, mayor general, N.A.B.A..
El dispositivo de la indicada sentencia reza como sigue:
PRIMERO: DECLARA regular y valida, en cuanto a la forma, la
presente Acción de A., interpuesta en fecha 24/06/2019, por el
señor R..O.V..A.D..R., en contra de la
POLICIA NACIONAL conjuntamente con su director el M.
General, N..A..B.A., P. N., por haber sido
interpuesta de conformidad la ley que regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la citada Acción de Amparo
interpuesta el señor R..O..V. DEL ROSARIO, por
los motivos expuestos.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0087, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor R.O.V.d.R. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00329, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 41
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente recurso de
conformidad con el articulo 66 de la ley Núm. 137-11 de fecha 13 de
junio de año 2011, orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
CUARTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante, señor R.O.V.D.R.,
a la parte accionada la POLICÍA NACIONAL, conjuntamente con su
director El Mayor General, NEY ALDRIN BAUTISTA ALMONTE, P.N,
y la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines
procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La mencionada sentencia fue notificada al accionante en amparo, señor Romny
O.V.d..R. el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve
(2019), a requerimiento de la Secretaría General del Tribunal Superior
Administrativo, mediante entrega de una certificación del indicado fallo. Dicha
notificación fue recibida en esa última fecha por el señor J.M..d.
.
R., abogado que ha asumido la representación legal accionante en el
presente recurso de revisión, profesional del derecho que también ostentó esta
calidad en la instancia de amparo sometida originalmente por dicho accionante.
La Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo notificó igualmente
la aludida sentencia a la Policía Nacional, conjuntamente con su director, el
mayor general, N.A..B..A. el dieciocho (18) de noviembre
de dos mil diecinueve (2019) mediante Acto núm. 1982/2019, realizado por el
alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo, Santo Domingo, D..N.,

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