Sentencia Nº TC/0171/23 de Tribunal Constitucional, 03-04-2023

Número de sentenciaTC/0171/23
Fecha03 Abril 2023
Número de expedienteTC-05-2019-0182
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expe diente núm. TC-05-2019-0182, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de interpuesto por R.
.
C.V. izcaíno contra la Sentencia núm. 0030 -02-2019-SSEN-00096, dictada por la Primera S.a del Tribunal Superior
A.istrativo el once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 35
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0171/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0182, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por R..
.
C.V. contra la Sentencia
núm. 0030-02-2019-SSEN-00096,
dictada por la Primera S.a del Tribunal
Superior Administrativo el once (11) de
abril de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.o
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C.llanos K., V.
.
J.C..P., D.G., M.V..M., J.
.
A.V..G. y E..V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expe diente núm. TC-05-2019-0182, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de interpuesto por R.
.
C.V. izcaíno contra la Sentencia núm. 0030 -02-2019-SSEN-00096, dictada por la Primera S.a del Tribunal Superior
A.istrativo el once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 35
1. D.pcn de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00096, objeto del presente recurso de
revisn, fue dictada por la Primera S.a del Tribunal Superior A.istrativo
el once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019); su dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente Acción
Constitucional de Amparo, interpuesta en fecha 025/02/2019, (sic) por
la L.. R..C.V., contra el CONSEJO DEL
PODER JUDICIAL, por ser notoriamente improcedente, de acuerdo a
las disposiciones del artículo 70, numeral 3, de la Ley No. 137-11, de
fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Dominicana y el
artículo 66 de la Ley 137-11, por tratarse de materia constitucional.
TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por
secretaría a las partes envueltas, así como al Procurador General
A.istrativo.
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior A.istrativo.
La referida sentencia fue notificada a R.C.V. el catorce (14)
de junio de dos mil diecinueve (2019), mediante certificación librada por J.
.
B.A., secretaria auxiliar del Tribunal Superior A.istrativo.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expe diente núm. TC-05-2019-0182, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de interpuesto por R.
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C.V. izcaíno contra la Sentencia núm. 0030 -02-2019-SSEN-00096, dictada por la Primera S.a del Tribunal Superior
A.istrativo el once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 35
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente, R..C..V., apoderó a este tribunal de un
recurso de revisión contra la sentencia descrita anteriormente, mediante
instancia depositada ante la Secretaría del Tribunal Superior A.istrativo el
veinticuatro (24) de junio de dos mil diecinueve (2019), recibido por este
tribunal el veintidós (22) de julio de ese mismo año, mediante el cual pretende
que sea revocada la indicada sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00096.
El recurso de revisión fue notificado a la parte recurrida, Consejo del Poder
J.cial, el primero (1ro) de julio de dos mil diecinueve (2019), mediante el Acto
núm. 710-2019, instrumentado por el ministerial J.A.M. de Oca,
alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento J.cial de Santo Domingo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Primera S.a del Tribunal Superior A.istrativo declaró inadmisible la
acción de amparo interpuesta por R..C..V., fundada,
esencialmente, en los motivos siguientes:
3.1 Que […] el accionado, CONSEJO DEL PODER JUDICIAL,
concluyó incidentalmente solicitando la inadmisión de la presente
acción de Amparo, conforme lo establecido en el artículo 70, numeral
3 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, por ser notoriamente improcedente
la presente acción; pedimento al que se adhirió el PROCURADOR
GENERAL ADMINISTRATIVO, y agregó que sea declarado

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