Sentencia Nº TC/0172/23 de Tribunal Constitucional, 03-04-2023

Número de sentenciaTC/0172/23
Fecha03 Abril 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0192
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0192, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A. de J.M.G. contra la Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055, dictada por la Octava Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintidós
(2022).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0172/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0192, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
A. de J.M..G.
contra la Sentencia núm. 046-2022-
SSEN-0055, dictada por la Octava
Sala de la Cámara Penal del Juzgado
de Primera Instancia del Distrito
Nacional el veinticuatro (24) de mayo
de dos mil veintidós (2022).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
V.S., segundo sustituto, en funciones de presidente; J.A.
.
A., A.L.B.M., M.U.B.V., V.
.
J.C..P., D..G., M..V.M., José
A.V..G. y E..V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0192, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A. de J.M.G. contra la Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055, dictada por la Octava Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintidós
(2022).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el veinticuatro (24) de mayo de dos mil
veintidós (2022).Este fallo concierne a la acción de amparo promovida por el
señor Aquiles de J..M..G. contra los señores J..A.
.
R., en su calidad de síndico de Santo Domingo Oeste y el señor E.
.
A.T., actual director de la Policía Nacional el dieciséis(16) de mayo de
dos mil veintidós(2022).
El dispositivo de la indicada Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055 reza como
sigue:
PRIMERO: Acoge en todas sus partes la solicitud planteada por el
abogado del impetrado, J.A..R.; en consecuencia,
declara la incompetencia de este tribunal en razón del territorio.
SEGUNDO: Declara la inadmisibilidad de la acción constitucional de
amparo incoada por el señor AQUILES MACHUCA por la existencia
de otra vía efectiva y expedita para la tutela del derecho fundamental
que se invoca está, siendo conculcado en el presente proceso, de
conformidad con las disposiciones del artículo 70, numeral 1 de la Ley
núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0192, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A. de J.M.G. contra la Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055, dictada por la Octava Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintidós
(2022).
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TERCERO: Declara el presente proceso exento de costas, en atención
al principio de gratuidad que rige los procedimientos constitucionales.
CUARTO: Fija la lectura integral de la sentencia para el día treinta y
uno (31) del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022), a las nueve
horas de la mañana (9:00 a.m.); quedando citadas las partes presentes
y representadas.
QUINTO: La presente sentencia es susceptible de interposición de
recurso de revisión constitucional ante el Tribunal Constitucional, a
cargo de la parte que no se encuentre satisfecha con la decisión.
La indicada Sentencia núm. 046-2022-SSEN-0055 fue notificada a la parte
recurrente, señor A. de J..M.G., el treinta y uno (31) de
mayo de dos mil veintidós (2022), mediante entrega de una copia certificada de
esa decisión, según consta en la certificación emitida por la secretaria general
de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional,
R.M.C.R.. Utilizando esta misma modalidad dicha decisión
fue notificada al correcurrido, director general de la Policía Nacional, E.
.
A.T., el tres (3) de junio de dos mil veintidós (2022).
1
Y, finalmente, la aludida sentencia fue notificada a los representantes legales
del correcurrido, señor J.A..R. el tres (3) de junio de dos mil
veintidós (2022), mediante el Acto núm. 674/2022 instrumentado por el
ministerial F.A.M.M..
2
1
Según certificación emitida por la secretaria general de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional, R.M.C.R. el dos (2) de junio de dos mil veintidós (2022).
2
Alguacil de Estrados de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

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