Sentencia Nº TC/0178/23 de Tribunal Constitucional, 03-04-2023

Número de sentenciaTC/0178/23
Fecha03 Abril 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0137
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0137, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor M.R.V.T. contra la Sentencia núm. 0 30-02-2020-SSEN-00320, dictada por la Primera Sala del
T.bunal Superior Administrativo, el veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020). Página 1 de 38
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0178/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0137, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
M.R.V.T. contra
la Sentencia núm. 030-02-2020-
SSEN-00320, dictada por la Primera
Sala del T.bunal Superior
Administrativo, el veintiuno (21) de
octubre de dos mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).
El T.bunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; M.U..B.V., J.P.
.
C.K., V.J.C.P., D.G., M.
.
V.M., J..A.V..G. y Eunisis V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9, 94 y siguientes de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0137, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor M.R.V.T. contra la Sentencia núm. 0 30-02-2020-SSEN-00320, dictada por la Primera Sala del
T.bunal Superior Administrativo, el veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020). Página 2 de 38
1. Descripción de la sentencia recurrida
La decisión objeto del presente recurso de revisión es la Sentencia núm. 0030-
02-2020-SSEN-00320, dictada por la Primera Sala del T.bunal Superior
Administrativo el veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020), la cual
decid lo que a continuación transcribimos:
PRIMERO: DECLARA bueno y válida en cuanto a la forma, la acción
de amparo interpuesto en fecha 23/01/2020, por el L.do. M.
.
R.V.T., contra la CÁMARA DE CUENTAS DE
LA REPÚBLICA DOMINICANA, por haber sido interpuesta de acuerdo
a las disposiciones que rigen la materia.
SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, la presente acción de
amparo, por no existir vulneración del derecho fundamental de libre
acceso a la información pública, conforme los motivos expuestos.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso en razón de
la materia.
CUARTO: ORD., que la presente sentencia sea comunicada vía
secretaria a las partes envueltas en el proceso, así como al Procurador
General Administrativo.
QUINTO: ORD., que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del T.bunal Superior Administrativo.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada al señor M.R.
.
V.T., por intermedio de su abogado constituido y apoderado
especial, mediante comunicación emitida por la Secretaría del T.bunal
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0137, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor M.R.V.T. contra la Sentencia núm. 0 30-02-2020-SSEN-00320, dictada por la Primera Sala del
T.bunal Superior Administrativo, el veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020). Página 3 de 38
Superior Administrativo, el día veintidós (22) de enero de dos mil veintiuno
(2021).
Mediante el Acto núm. 72/2021, del once (11) de marzo de dos mil veintiuno
(2021), instrumentado por el ministerial R..V.H., alguacil
ordinario del T.bunal Superior Administrativo, fue notificada la referida
sentencia a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
Mediante el Acto núm. 73/2021, del veinticinco (25) de febrero de dos mil
veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial J.L.C., alguacil
ordinario del T.bunal Superior Administrativo, fue notificada la referida
sentencia a la Procuraduría General Administrativa.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de
amparo
El señor M.R.V.T. interpuso el presente recurso de
revisión mediante instancia depositada ante el Centro de Servicio Presencial del
Edificio de las Cortes de Apelación del Distrito Nacional, el dos (2) de febrero
de dos mil veintiuno (2021), la cual fue recibida en este tribunal el dieciséis (16)
de mayo de dos mil veintidós (2022).
Dicha instancia fue notificada a la parte recurrida, Cámara de Cuentas de la
República Dominicana, mediante el Acto núm. 1174, del veintinueve (29) de
noviembre de dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial J.
.
L.C., alguacil ordinario del T.bunal Superior Administrativo.
La referida instancia fue notificada a la Procuraduría General Administrativa
mediante el Acto núm. 1079/2021, del primero (1) de octubre de dos mil

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