Sentencia Nº TC/0185/21 de Tribunal Constitucional, 02-07-2021

Número de sentenciaTC/0185/21
Fecha02 Julio 2021
Número de expedienteTC-01-2013-0061
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2013-0061, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Rincón Largo C. por
A., contra el Oficio núm. 3795, suscrito por el Administrador de la Lotería N acional el veinticuatro (24) de julio de mil
novecientos ochenta y seis (1986). Página 1 de 25
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0185/21
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2013-0061, relativo a la acción directa
de inconstitucionalidad incoada por
Rincón Largo C. por A., contra el
Oficio núm. 3795, suscrito por el
Administrador de la Lotería Nacional
el veinticuatro (24) de julio de mil
novecientos ochenta y seis (1986).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Alba Luisa Beard Marcos, Manuel Ulises
Bonnelly Vega, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Gil, María del Carmen Santana de Cabrera, Miguel Valera
Montero y José Alejandro Vargas Guerrero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, y específicamente las previstas en los artículos 185.1
de la Constitución dominicana, así como 9 y 36 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2013-0061, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Rincón Largo C. por
A., contra el Oficio núm. 3795, suscrito por el Ad ministrador de la Lotería Nacional el veinticuatro (24) de julio de mil
novecientos ochenta y seis (1986). Página 2 de 25
1. Descripción del oficio impugnado
1.1. La accionante, sociedad comercial Rincón Largo C. por A., incoó una
acción directa de inconstitucionalidad contra el Oficio núm. 3795, suscrito por
la Administración de la Lotería Nacional el veinticuatro (24) de julio de mil
novecientos ochenta y seis (1986), el cual se encuentra concebido en los
términos siguientes:
24 de julio de 1986.-
Oficio 3795
Señora
Sofía Sued Vda Candelario
C/Gnal. López No. 36
Santiago, Rep. Dom.
Distinguida señora:
Anexo, le remitimos copia de la comunicación que en fecha 6 de junio
del año 1986 dirigiéramos al Dr. Enmanuel Esquea Guerrero, Consultor
Jurídico del Poder Ejecutivo, en la cual de manera pormenorizada, le
ofrecemos una explicación de las razones por las cuales la presente
Administración de la Lotería Nacional, se ve legalmente impedida de
proceder a ejecutar el pago de los terrenos propiedad de Rincón Largo,
C. por A, que a todas luces han sido ocupados por el Estado dominicano,
sin que todavía sus legítimos propietarios hayan sido desinteresados
mediante el pago correspondiente.
Las dificultades que hasta la fecha han obstaculizado el pago de los
terrenos aludidos, bajo ninguna circunstancia, significan el

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