Sentencia Nº TC/0185/23 de Tribunal Constitucional, 04-04-2023

Número de sentenciaTC/0185/23
Fecha04 Abril 2023
Número de expedienteTC-05-2021-0102
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-05-2021-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor J.G.M.V. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00073, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo, el tres (3) de marzo de dos mil veinte (2020). Página 1 de 69
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0185/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0102, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor J.
.
G.M.V. contra la
Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-
00073, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
tres (3) de marzo de dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; A.L..B.M., M.U.
.
B..V., J..P..C..K., V..J..C.
.
P., D..G., M..V.M., J.A..V.G.ero
y E.V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución;
9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-05-2021-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor J.G.M.V. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00073, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo, el tres (3) de marzo de dos mil veinte (2020). Página 2 de 69
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00073 fue dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo, el tres (3) de marzo de dos mil veinte
(2020); en su dispositivo, se decide de la manera siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma la presente
Acción Constitucional de Amparo interpuesta por el señor J.
.
G.M.V.. en fecha 02 de enero de 2020,
contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL y NEY
ALDRIN BAUTISTA ALMONTE. en su calidad de D. General de
la Policía Nacional, por estar acorde a la normativa legal que rige la
materia.
SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZA la presente Acción
Constitucional de Amparo, interpuesta por el señor J.G.
.
M.V., en fecha 02 de enero de 2020, contra la
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL y N.A.
.
B.A., en su calidad de Director General de la Policía
Nacional, por haberse realizado el debido proceso en consonancia con
las motivaciones anteriormente expuestas.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
CUARTO: Ordena a la Secretaria General, que proceda a la
notificación de la presente sentencia por las vías legales disponibles, a
la parte accionante. J.G.M.V.,
parte accionada DIRECCIÓN GENERAL DE LA NACIONAL y NEY
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-05-2021-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor J.G.M.V. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00073, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo, el tres (3) de marzo de dos mil veinte (2020). Página 3 de 69
A.B.A., en su calidad de Director General de
la Policía Nacional, así como a la Procuraduría General
Administrativa.
Esta sentencia fue notificada a la parte recurrente, señor J.G.M.
.
V., mediante Acto de alguacil núm.193-2021, del cinco (5) de febrero
de dos mil veintiuno (2021), a requerimiento de la secretaría del Tribunal
Superior Administrativo.
La Policía Nacional fue notificada de la Sentencia núm.0030-03-2020-SSEN-
00073, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo,
mediante Acto de alguacil núm. 215-2021, del once (11) de febrero de dos mil
veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial Y.Y..D.O.
.
R., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo.
La indicada sentencia también fue notificada a la Procuraduría General
Administrativa, mediante Acto de alguacil núm. 569-2020, del veintiocho (28)
de julio de dos mil veinte (2020), instrumentado por el ministerial R.
.
E..G..A., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Electoral.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
El recurrente, señor J.G.M.V., el diez (10) de febrero
de dos mil veintiuno (2021), depositó en el Centro de servicio presencial de las
Cortes de Apelación del Distrito Nacional, el recurso de revisión constitucional
contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00073, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo. Dicho recurso fue recibido por la

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