Sentencia Nº TC/0189/23 de Tribunal Constitucional, 10-04-2023

Número de sentenciaTC/0189/23
Fecha10 Abril 2023
Número de expedienteTC-04-2022-0013
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto
por el señor D.A.R. contra la Resolución n úm. 00131-2020, dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de enero de dos mil veinte (2020). Página 1 de 44
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0189/23
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0013, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
D.A.R. contra
la Resolución núm. 00131-2020,
dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el
veintinueve (29) de enero de dos mil
veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de abril del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
V..S., segundo sustituto, en funciones de presidente; A.L...
.
B..M., M..U..B..V., J.P..C.
.
K., V.J.C.P., D.G., M.V.
.
M., J.A.V..G. y E.V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos185.4 y 277 de la Constitución; 9 y 53 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto
por el señor D.A.R. contra la Resolución n úm. 00131-2020, dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de enero de dos mil veinte (2020). Página 2 de 44
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 00131-2020, objeto del presente recurso de revisión
constitucional, fue dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia, actuando como corte de casación el veintinueve (29) de enero de dos
mil veinte (2020). Esta decisión declaró caduco el recurso de casación
interpuesto por el señor D.A.R. contra la Sentencia Civil
núm. 1303-2018-SSEN-01016, emitida por la Tercera Sala de la Cámara Civil
y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el veintiocho (28)
de diciembre de dos mil dieciocho (2018). El dispositivo de la aludida
resolución expresa lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE la solicitud presentada por la parte correcurrida,
Universidad Nacional P..H..U. (UNPHU) y Centro de
Altos Estudios Humanísticos y del Idioma Español, y en consecuencia
DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por D.
.
A..R., contra la sentencia civil núm. 1303-2018-SSEN-
01016, dictada el 28 de diciembre de 2018, por la Tercera Sala de la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional, por los motivos anteriormente expuestos.
SEGUNDO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia,
notificar a las partes interesadas y publicar esta resolución, para los
fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
En el expediente de referencia figura depositado el acuse de recibo del Oficio
núm. 01-21670, emitido por el secretario general de la Suprema Corte de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto
por el señor D.A.R. contra la Resolución n úm. 00131-2020, dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de enero de dos mil veinte (2020). Página 3 de 44
Justicia el once (11) de marzo de dos mil veinte (2020), mediante el cual se le
comunicó el dispositivo transcrito ut supra al representante legal del señor
D.A.R.,
1
adjuntando además una copia simple de la
Resolución núm. 00131-2020. La notificación de dicho acto fue ejecutada por
el señor J.J.F..S. (notificador judicial del Departamento
Judicial de Santo Domingo) el trece (13) de octubre de dos mil veinte (2020).
Posteriormente, el aludido recurrente, señor D.A.R.,
procedió a notificar la impugnada resolución, núm. 00131-2020, mediante el
Acto núm. 304-2020, instrumentado por el ministerial O.M.P.,
2
a las siguientes partes recurridas: a la Universidad Nacional P.H.
.
U. (UNPHU), el seis (6) de noviembre de dos mil veinte (2020); al Centro
de Altos Estudios Humanísticos y del Idioma Español y a la extensión de la
Universidad de Sevilla, el diez (10) de noviembre de dos mil veinte (2020).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurso de revisión constitucional contra la Resolución núm. 00131-2020
fue sometido al Tribunal Constitucional por D.A.R.
mediante instancia depositada en el Centro de Servicio Presencial de la
Suprema Corte de Justicia y Consejo del Poder Judicial el diez (10) de
noviembre de dos mil veinte (2020), el cual fue remitida a este tribunal
constitucional el nueve (9) de febrero de dos mil veintidós (2022). Por medio
del citado recurso, el recurrente alega violación en su perjuicio del derecho a
la propiedad privada, derecho a la seguridad jurídica, derecho a la dignidad
humana, derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, derecho de la
1
Dirección en la cual la parte recurrente hace formal elección de domicilio.
2
Alguacil de estrados de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

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