Sentencia Nº TC/0196/18 de Tribunal Constitucional, 19-07-2018

Número de sentenciaTC/0196/18
Número de expediente TC-05-2014-0025
Fecha19 Julio 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0025, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Eusebio
Rodríguez Merette, contra la Sentencia núm. 465/00749/2013, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Puerto
Plata el trece (13) de diciembre de dos mil trece (2013). Página 1 de 27
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0196/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2014-0025, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Eusebio Rodríguez
Merette, contra la Sentencia núm.
465/00749/2013, dictada por el Juzgado de
Trabajo del Distrito Judicial de Puerto
Plata el trece (13) de diciembre de dos mil
trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia
Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución, y los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0025, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Eusebio
Rodríguez Merette, contra la Sentencia núm. 465/00749/2013, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Puerto
Plata el trece (13) de diciembre de dos mil trece (2013). Página 2 de 27
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
La Sentencia núm. 465/00749/2013, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo de cumplimiento, fue dictada por el Juzgado
de Trabajo del Distrito Judicial de Puerto Plata el trece (13) de diciembre de dos
mil trece (2013). Su dispositivo dictaminó lo siguiente:
Primero: Declara inadmisible la acción en amparo, solicitada mediante la
instancia de fecha 27 de noviembre del año 2013, en virtud de las
disposiciones establecidas en el artículo 70 numeral 1, de la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de
acuerdo a las consideraciones expuestas en el cuerpo de esta sentencia;
Segundo: Declara libre de costas, cargas o gravámenes el presente
proceso, en virtud de las disposiciones establecidas en el artículo 66 de la
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales; Tercero: En virtud de las disposiciones del Art. 184e de
la Ley 137, procede fijar para el martes (17) del mes de diciembre del año
2013, a las cuatro (4:00 p.m) horas de la tarde, la lectura integra de la
presente sentencia; Cuarto: Vale citación para las partes.
En el expediente no existe constancia de notificación de la sentencia objeto del
presente recurso.

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