Sentencia Nº TC/0200/21 de Tribunal Constitucional, 08-07-2021

Número de sentenciaTC/0200/21
Número de expedienteTC-04-2015-0262
Fecha08 Julio 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0262, relativo al recurso de revisión constitucional de decisn jurisdiccional y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia, interpuesto por el señor Víctor García García, contra la Sentencia núm. 354, dictada
por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de mayo del año dos mil quince (2015). Página 1 de 65
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0200/21 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0262, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisn
jurisdiccional y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesto por el señor Víctor García
García contra la Sentencia núm. 354,
dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el seis (6) de
mayo del año dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Manuel Ulises Bonnelly Vega,
Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo
Gil, María del Carmen Santana de Cabrera, Miguel Valera Montero y José
Alejandro Vargas Guerrero, en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185, numeral 4 y 277 de
la Constitución dominicana y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del once (11)
de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0262, relativo al recurso de revisión constitucional de decisn jurisdiccional y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia, interpuesto por el señor Víctor García García, contra la Sentencia núm. 354, dictada
por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de mayo del año dos mil quince (2015). Página 2 de 65
I.- ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 354, objeto del presente recurso de revisión constitucional,
fue dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el seis (6) de
mayo de dos mil quince (2015) y la misma declaró inadmisible el recurso de
casación interpuesto por el señor Víctor García García contra la Sentencia núm.
110-2013, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la
Corte de Apelación del Distrito Nacional, el veinte (20) de febrero de dos mil
trece (2013), cuyo dispositivo reza de la siguiente manera:
Primero: Declara inadmisible de oficio, el recurso de casación
interpuesto por el señor Víctor García y García, contra la Sentencia
núm. 110-2013, dictada el 20 de febrero de 2013, por la Primera Sala de
la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional, cuyo dispositivo se copia en parte anterior del presente fallo;
Segundo: Compensa las costas.
No existe constancia en el expediente de que la sentencia recurrida en revisión
haya sido notificada íntegramente.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y la demanda en suspensión de ejecución de sentencia
El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra
la Sentencia núm. 354, fue interpuesto por el señor Víctor García García, por
ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de
República Dominicana
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Expediente núm. TC-04-2015-0262, relativo al recurso de revisión constitucional de decisn jurisdiccional y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia, interpuesto por el señor Víctor García García, contra la Sentencia núm. 354, dictada
por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de mayo del año dos mil quince (2015). Página 3 de 65
agosto de dos mil quince (2015), y recibido en la Secretaría del Tribunal
Constitucional el tres (3) de noviembre de dos mil quince (2015).
Dicho recurso fue notificado a las partes recurridas, señoras Rosa América
Romero Severino y Liliana Romero Severino, y a la entidad comercial Unión
de Seguros, C. por A., mediante acto núm. 747/2015, del once (11) de agosto
de dos mil quince (2015), instrumentado por Alejandro Antonio Rodríguez,
Alguacil ordinario de la novena (9na.) Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en su Sentencia núm. 354,
dictada el seis (6) de mayo del año dos mil quince (2015), declaró inadmisible
el recurso de casación interpuesto por el señor Víctor García García,
fundamentando su decisión en los siguientes argumentos:
Considerando, que previo al estudio de los medios de casación
propuestos por la parte recurrente, procede que esta Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de Justicia, actuando como Corte de
Casación, determine si en la especie se encuentran reunidos los
presupuestos de admisibilidad cuyo control difuso prevé la ley;
Considerando, que, en ese sentido, hemos podido verificar que el
presente recurso de casación se interpuso el 22 de marzo de 2013, es
decir, bajo la vigencia de la Ley núm. 491-08, del 19 de diciembre de
2008, (que modificó los artículos 5, 12 y 20 de la Ley núm. 3726-53, del
29 de diciembre de 1953, sobre Procedimiento de Casación), ley
procesal que estableció como una de las condiciones de ineludible
cumplimiento para la admisibilidad de este extraordinario medio de

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