Sentencia Nº TC/0203/18 de Tribunal Constitucional, 19-07-2018

Número de sentenciaTC/0203/18
Fecha19 Julio 2018
Número de expediente TC-05-2014-0031
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0031, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el
Instituto de Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas en Retiro (IGAFAR) contra la Sentencia núm. 01586-2013, dictada
por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el treinta (30) de
octubre de dos mil trece (2013). Página 1 de 28
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0203/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2014-0031, relativo al recurso de revisión
constitucional en materia de amparo
interpuesto por el Instituto de Generales y
Almirantes de las Fuerzas Armadas en
Retiro (IGAFAR) contra la Sentencia
núm. 01586-2013, dictada por la Tercera
Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional el treinta (30) de octubre de dos
mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta, presidente en funciones; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Katia
Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitucn 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0031, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el
Instituto de Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas en Retiro (IGAFAR) contra la Sentencia núm. 01586-2013, dictada
por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el treinta (30) de
octubre de dos mil trece (2013). Página 2 de 28
I. ANTECEDENTES
1. Descripcn de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
En ocasión de la acción de amparo iniciada por Instituto de Generales y Almirantes
de las Fuerzas Armadas en Retiro, Inc., (IGAFAR) contra el Ministerio de las
Fuerzas Armadas y el Instituto Dominicano de Desarrollo y Crédito Cooperativo
(IDECOOP), la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la Sentencia núm. 01586-2013, el
treinta (30) de octubre de dos mil trece (2013), cuyo dispositivo reza de la
siguiente manera:
ÚNICO: Declara inadmisible la presente Acción Constitucional de
Amparo, interpuesta por el Instituto de Generales y Almirantes de las
Fuerzas Armadas en Retiro, Inc., (IGAFAR), en contra del Ministerio de
las Fuerzas Armadas y el Instituto Dominicano de Desarrollo y Crédito
Cooperativo (IDECOOP), por estar prescrita, en consecuencia, ordena el
archivo definitivo del presente proceso.
Dicha sentencia fue notificada al Instituto de Generales y Almirantes de las
Fuerzas Armadas en Retiro, Inc., (IGAFAR), parte recurrente en el presente
recurso de revisión constitucional en materia de amparo, mediante Acto núm.
1428/2013, instrumentado por el ministerial Lenin Ramón Alcántara Montero,
alguacil de estrados de la Segunda Sala del Juzgado de Paz Especial de Transito
del Distrito Nacional, el siete (7) de noviembre de dos mil trece (2013), según
expone el recurrente en su recurso de revisión. El referido acto de notificación no
consta en el expediente que nos ocupa.

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