Sentencia Nº TC/0203/21 de Tribunal Constitucional, 08-07-2021
Número de sentencia | TC/0203/21 |
Número de expediente | TC-05-2020-0141 |
Fecha | 08 Julio 2021 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0141, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
Whenshy Wilkerson Medina Sánchez contra la sentencia TSE-135-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral el
diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0203/21 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0141, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por Whenshy
Wilkerson Medina Sánchez contra la
Sentencia TSE-135-2019 dictada por
el Tribunal Superior Electoral el
diecinueve (19) de diciembre del año
dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Rafael Díaz Filpo, primer sustituto, presidente en funciones; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos,
Manuel Ulises Bonnelly Vega, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil, María del Carmen Santana de Cabrera,
Miguel Valera Montero y José Alejandro Vargas Guerrero, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil
once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0141, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
Whenshy Wilkerson Medina Sánchez contra la sentencia TSE-135-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral el
diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. TSE-135-2019, objeto del presente recurso de revisión, fue
dictada por el Tribunal Superior Electoral el diecinueve (19) de diciembre de
dos mil diecinueve (2019), el dispositivo de esta decisión, copiado
textualmente, es el siguiente:
PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE, DE OFICIO, la acción de
amparo electoral incoada en fecha once (11) de diciembre de dos mil
diecinueve (2019), por se notoriamente improcedente, de conformidad
con las disposiciones del artículo 70, numeral 3, de la Ley Núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, en virtud de que la pretensión del accionante depende
exclusivamente de la determinación de la inconstitucionalidad invocada,
lo que escapa a los poderes del juez de amparo, dados los efectos inter
partes del control difuso de constitucionalidad y por la naturaleza
sumaria de la acción de amparo, según lo ha juzgado el Tribunal
Constitucional dominicano en sentencia TC/0181/17.
SEGUNDO: COMPENSAR las costas del proceso por tratarse de un
procedimiento constitucional.
TERCERO: ORDENAR que la presente sentencia sea notificada a las
partes vía Secretaría y publicada en el Boletín Contencioso Electoral,
para los fines de lugar.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0141, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
Whenshy Wilkerson Medina Sánchez contra la sentencia TSE-135-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral el
diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
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Dicha sentencia fue notificada a la parte recurrente, el cuatro (4) de septiembre
de dos mil veinte (2020), de acuerdo a la constancia de notificación número
TSE-INT-2020-006779 elaborada ─en la misma fecha─ por Sonne Beltré
Ramírez, secretario general del Tribunal Superior Electoral.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
Whenshy Wilkerson Medina Sánchez, por vía de la Secretaría General del
Tribunal Superior Electoral, interpuso el presente recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo; diligencia procesal que tuvo lugar el
siete (7) de septiembre de dos mil veinte (2020). El expediente fue recibido por
la secretaría de este tribunal constitucional el veintiuno (21) de septiembre de
dos mil veinte (2020).
Dicho recurso fue notificado a la Junta Central Electoral (JCE), el ocho (8) de
septiembre de dos mil veinte (2020), conforme se desprende del acuse de recibo
de la constancia de notificación número TSE-INT-2020-006793 elaborada el
siete (7) de septiembre de dos mil veinte (2020), por Sonne Beltré Ramírez,
secretario general del Tribunal Superior Electoral.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
El Tribunal Superior Electoral fundamentó su decisión, entre otros, en los
siguientes argumentos:
a. Mediante dispositivo leído en audiencia esta jurisdicción declaró
inadmisible de oficio por notoria improcedencia la acción de amparo de
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