Sentencia Nº TC/0212/23 de Tribunal Constitucional, 28-04-2023

Número de sentenciaTC/0212/23
Fecha28 Abril 2023
Número de expedienteTC-04-2019-0169
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0169, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor R.R.S. contra la Resolución núm. 58 0-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintiséis (26) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 41
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0212/23
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0169, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
R.R..S. contra la
Resolución núm. 580-2018, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el veintiséis (26) de
septiembre del año dos mil dieciocho
(2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; Rafael D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; A.L..B.M., M.U.
.
B..V., Justo P.C.K., V..J..C.
.
P., D..G., M..V.M. y J..A.o V.
.
G., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución; 9
y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0169, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor R.R.S. contra la Resolución núm. 58 0-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintiséis (26) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 41
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 580-2018, objeto del presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional, fue dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de septiembre del año dos mil
dieciocho (2018); su dispositivo dispuso estableció:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por
R.R..S., contra la resolución núm. 0294-2018-SADM-
00010, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal el 29 de junio de
2018, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de la presente
resolución; Segundo: Ordena el pago de las costas; Tercero: Ordena
que la presente resolución sea notificada a las partes.
La indicada resolución fue notificada mediante el memorándum s/n redactado
por C.A.R.V., secretaria general de la Suprema Corte de Justicia,
el quince (15) de mayo del año dos mil diecinueve (2019) y recibido por el
recurrente R.R.S. el veintitrés (23) de mayo del año dos mil
diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurrente, R.R.S., interpuso el presente recurso de
revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra la Resolución núm.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0169, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor R.R.S. contra la Resolución núm. 58 0-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintiséis (26) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 41
580-2018, mediante instancia depositada ante la Secretaría de la Suprema Corte
de Justicia, el veinticuatro (24) de junio del año dos mil diecinueve (2019),
recibido en la Secretaría del Tribunal Constitucional el seis (6) de agosto del
año dos mil diecinueve (2019).
El indicado recurso fue notificado a la Procuraduría General de la República,
mediante el Oficio núm. 06479, redactado por C.J.G.L.,
secretario general de la Suprema Corte de Justicia, el diez (10) de junio del año
dos mil diecinueve (2019), recibido en la Secretaría General de la Procuraduría
General de la República el quince (15) de julio del año dos mil diecinueve
(2019).
3. Fundamentos de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisible el recurso
de revisión, alegando, entre otros, los siguientes motivos:
a. Atendido, que como se puede apreciar, los supuestos que habilitan
este recurso extraordinario de casación son los expresamente previstos
por nuestra normativa; así pues, la admisibilidad de este recurso no
resulta del libre arbitrio del tribunal sin sujeción a pautas procesales,
sino que se encuentra condicionado a la regla de taxatividad;
b. Atendiendo, que se trata de una decisión de la Corte de Apelación
que decreta la inadmisibilidad de un recurso contra una decisión que
impone una multa a un abogado en el presente proceso; que la referida
decisión no es susceptible de recurso de casación, puesto que la norma
procesal no lo establece, no encajando su naturaleza en ninguna de las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR