Sentencia Nº TC/0214/23 de Tribunal Constitucional, 04-05-2023

Número de sentenciaTC/0214/23
Fecha04 Mayo 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0109
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República D.ana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0109, relativo al recurso de revisión de constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados de la P rocuraduría General de la República, contra la
Sentencia núm. 040-2021-SSEN-00205, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia
del Distrito Nacional el diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 47
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0214/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0109, relativo al recurso de
revisión de constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por la Dirección
de Custodia y Administración de
Bienes Incautados de la Procuraduría
General de la República, contra la
Sentencia núm. 040-2021-SSEN-
00205, dictada por la Segunda Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito
Nacional, el diecinueve (19) de
octubre de dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
D.ana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R.G., presidente; R.D..í.F., primer sustituto; J.
.
A..A., M..U.B..V., V.J..C.
.
P., D..G., M..V.M., J.A..V.G.
y E.V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, especícamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución;
9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
República D.ana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0109, relativo al recurso de revisión de constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados de la P rocuraduría General de la República, contra la
Sentencia núm. 040-2021-SSEN-00205, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia
del Distrito Nacional el diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 47
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
Con ocasión de la acción de amparo interpuesta por la Cooperativa de Ahorros,
C.tos y Servicios Múltiples de los Socios de Proservicios M&L
(C.) en contra de la Dirección Nacional de Control de Drogas
(DNCD) y la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados de
la Procuraduría General de la República, la Segunda Sala de la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional emitió, el diecinueve
(19) de octubre de dos mil veintiuno (2021), la Sentencia núm. 040-2021-
SSEN-00205, objeto del presente recurso de revisión, y su dispositivo establece
lo siguiente:
PRIMERO: SE ACOGE el planteamiento de la parte co-demandada,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE DROGAS (DNCD), sin
oposición de la parte reclamante, en lo referente a que sea excluida del
proceso, ya que demostró ante el plenario que el vehículo objeto de la
presente acción no estaba en su poder, sino que lo había remitido al
Departamento de Bienes Incautados de la Procuraduría General de la
República, y[,] por tanto[,] el trastoco al derecho fundamental de que
se trata[] no le atañe.
SEGUNDO: SE DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la
[a]cción [c]onstitucional de [a]mparo[ …] incoada por […]
COOPERATIVA DE AHORROS, CRÉDITOS Y SERVICIOS
MÚLTIPLES DE LOS SOCIOS DE PROSERVICIOS M&L
República D.ana
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Expediente núm. TC-05-2022-0109, relativo al recurso de revisión de constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados de la P rocuraduría General de la República, contra la
Sentencia núm. 040-2021-SSEN-00205, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia
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(COOPROSERVICIOS) […] en contra del DEPARTAMENTO DE
BIENES INCAUTADOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA; en base a los artículos 51 de la Constitución
[d]ominicana; 65, 70 numeral 2, 72, 75 y 76, de la Ley núm. 137-2011,
de fecha 13 de junio de 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales; 1 y 10 de la Ley núm. 483
Sobre Venta Condicional de Bienes Muebles.
TERCERO: En cuanto al fondo, SE RECHAZAN las conclusiones
incidentales de la parte co-reclamada[,] DEPARTAMENTO DE
BIENES INCAUTADOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA[,] en lo referente a que se declare la inadmisibilidad de la
presente acción constitucional de amparo, en virtud del artículo 70.1 de
la Ley núm. 137-2011, Orgánica del Tribunal y de los Procedimientos
Constitucionales, en el entendido de que fue dictada la Sentencia
Condenatoria por A.icación de Procedimiento Penal Abreviado
marcada con el número 063-2021-SSEN-00260 de fecha trece (13) del
mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), emitida por el Séptimo
Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, que ordena el decomiso
del vehículo objeto de la presente acción, entendiendo que es la vía más
idónea para la reclamación, en razón de que esta decisión desapodera
a esta jurisdicción del referido proceso.
CUARTO: En consecuencia, SE ORDENA a la parte reclamada
DEPARTAMENTO DE BIENES INCAUTADOS DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, así como a
cualquier persona física o jurídica, pública o privada que tenga
responsabilidad alguna, la devolución […] del vehículo marca JEEP,
Modelo JEEP, año de fabricación 2012, tipo JEEP, sport 4X4, color
Azul, Placa núm. G427120, Chasis 1C4NJCBB0CD631430, en manos

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