Sentencia Nº TC/0215/23 de Tribunal Constitucional, 04-05-2023

Número de sentenciaTC/0215/23
Fecha04 Mayo 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0256
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0256, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo interpuesto por la señora
T. de J.R.ario P. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-0063l, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 46
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0215/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0256, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por la señora Teresa
de J.R.io P. contra la
Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-
0063l, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
día dieciséis (16) de noviembre de dos
mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.l D.F., primer sustituto; Lino
V.S., segundo sustituto; J..A.A., M..U.
.
B.V., V.J.C.P., D.G., M.
.
V.M., J..A.V..G. y E..V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm.137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0256, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo interpuesto por la señora
T. de J.R.ario P. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-0063l, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 46
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-0063l, objeto del presente recurso de
revisión de amparo, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el día dieciséis (16) de noviembre del año dos mil veintiuno
(2021); su dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por las partes
accionadas y la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, y,
en consecuencia, DECLARA INADMISIBLE la presente acción
constitucional de amparo interpuesta en fecha 19 de julio de 2021 por
la señora TERESA DE J.R..P., en contra de la
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y la Licda. M.
.
G.B., Procuradora General de la República, por existir otras
vías judiciales que permiten obtener la protección efectiva de los
derechos fundamentales invocados, a la luz del numeral 1 del artículo
70 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del 13 de junio de 2011, como lo
es el Juez de la Instrucción del Distrito Judicial de La Vega, conforme
a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante, señora TERESA DE J..R.P., a
las partes accionadas PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, la Licda. M..G.B., Procuradora General de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0256, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia amparo interpuesto por la señora
T. de J.R.ario P. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-0063l, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 46
la República, así como a la PROCURADURÍA GENERAL
ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia objeto del presente recurso de revisión fue notificada por la
secretaria del Tribunal Superior Administrativo a los licenciados C..E.
.
R. e I.R., abogados de la señora T. de J..R.o P., el
veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintidós (2022), mediante Acto núm.
343/2022, instrumentado por el ministerial A.A..P..C.,
alguacil de estrado de la Cuarta Sala Civil y Comercial de Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional.
La citada sentencia también fue notificada a requerimiento de la secretaria del
Tribunal Superior Administrativo, a la Procuraduría General de la República y
a la doctora M.G..B., procuradora general de la República, el
veintidós (22) de marzo de dos mil veintidós (2022), mediante Acto núm.
168/2022, instrumentado por el ministerial S. Armando S..B.,
alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo.
Igualmente, la citada sentencia fue notificada a requerimiento de la Secretaría
del Tribunal Superior Administrativo, al procurador general administrativo, el
diez (10) de marzo de dos mil veintidós (2022), mediante Acto núm. 299/2022,
instrumentado por el ministerial A..M., alguacil ordinario del
Tribunal Superior Administrativo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR