Sentencia Nº TC/0217/23 de Tribunal Constitucional, 04-05-2023

Número de sentenciaTC/0217/23
Fecha04 Mayo 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0224
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto po r
Duntrox Holding, SRL, contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00738, dictada por la Tercera Sala del T.unal
Superior Administrativo el catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 47
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0217/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0224, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por Duntrox
Holding, SRL, contra la Sentencia
núm. 0030-04-2021-SSEN-00738,
dictada por la Tercera Sala del
T.unal Superior Administrativo el
catorce (14) de diciembre de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El T.unal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; José A.A.uso, M.U.lises
B.V., V.J.C.P., D.G., M.
.
V.M., J..A.V.s G. y E.V.A.a, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, especícamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del T.unal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto po r
Duntrox Holding, SRL, contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00738, dictada por la Tercera Sala del T.unal
Superior Administrativo el catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 47
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
En ocasión de la acción de amparo interpuesta por Duntrox Holding, SRL, en
contra del Ayuntamiento de Santo Domingo Este, la Tercera Sala del T.unal
Superior Administrativo emitió el catorce (14) de diciembre de dos mil
veintiuno (2021), la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00738, objeto del
presente recurso de revisión, cuyo dispositivo establece lo siguiente:
PRIMERO: Acoge el medio de inadmisión planteado por el
AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO ESTE (ASDE),
representada por su alcalde[,] el señor M.J., y por la
PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, y[,] por vía de
consecuencia, DECLARA INADMISIBLE la presente acción de
amparo, interpuesta por la sociedad comercial DUNTROX HOLDING,
S.R.L., […] por existir otras vías judiciales que permiten obtener la
protección efectiva del derecho fundamental invocado, a la luz del
artículo 70, numeral lro., de la Ley núm. 137-11, de fecha 13 de junio
del año 2011, Orgánica del T.unal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, conforme a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante, sociedad comercial DUNTROX HOLDING, S.R.L., a
las partes accionadas AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO ESTE
(ASDE), representada por su alcalde el señor M.J., y la
PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, a los nes
procedentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto po r
Duntrox Holding, SRL, contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00738, dictada por la Tercera Sala del T.unal
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CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del T.unal Superior Administrativo.
Esta decisión fue noticada el dieciocho (18) de febrero de dos mil veintidós
(2022), a la actual recurrente, Duntrox Holding, SRL, a través de su abogada,
de conformidad con la certicación expedida en esa misma fecha por la
secretaría general del T.unal Superior Administrativo.
Igualmente, la sentencia le fue noticada a la actual recurrente, el seis (6) de
mayo de dos mil veintidós (2022), vía Acto de alguacil núm. 585/2022,
instrumentado por el Sr. A.P.C., alguacil de estrados de la
Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia
del Distrito Nacional, a requerimiento de la secretaría del T.unal Superior
Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión
El recurso de revisión que nos ocupa fue interpuesto el veinticuatro (24) de
febrero de dos mil veintidós (2022), por Duntrox Holding, SRL, vía el Centro
de Servicio Presencial del Palacio de J.cia de las Cortes de Apelación del
Distrito Nacional, lugar que alberga al T.unal Superior Administrativo.
Luego, el recurso de revisión fue noticado el veinticinco (25) de febrero de
dos mil veintidós (2022), a la actual recurrida, Ayuntamiento de Santo Domingo
Este, y a la Procuraduría General Administrativa, de conformidad con el Acto
de alguacil núm. 182/2022, instrumentado por el Sr. H..R., alguacil
ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo,
adscrito al T.unal Superior Administrativo, a requerimiento de los abogados
de la actual recurrente, Duntrox Holding, SRL.

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