Sentencia Nº TC/0220/21 de Tribunal Constitucional, 28-07-2021

Número de sentenciaTC/0220/21
Número de expediente TC-06-2020-0044
Fecha28 Julio 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-06-2020-0044 relativo a la acción de amparo directo interpuesta por el señor J.R.R.
.
R., contra la Dirección General de la P.a Nacional, el Consejo S uperior Policial y el Ministerio de Interior y
P.a contra la Orden General núm. 017-2020, expedida por la Dirección General de la P.a Nacional. Página 1 de 18
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0220/21
Referencia: Expediente núm. TC-
06-2020-0044, relativo a la acción
de amparo directo interpuesta por el
señor J..R..R.
.
R., contra la Dirección
General de la P.a Nacional, el
Consejo Superior Policial y el
Ministerio de Interior y P.a
contra la Orden General núm. 017-
2020, expedida por la Dirección
General de la P.a Nacional.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R.G., presidente; R.D.F., primer sustituto; J.
.
A..A., A..L..B.M.rcos, M..U..B..V.,
J.P.C.K., V.J..C.P., D.
.
G., María del C..S. de C., M..V..M. y J.
.
A.V.G., en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185 de la Constitución
y 9 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-06-2020-0044 relativo a la acción de amparo directo interpuesta por el señor J.R.R.
.
R., contra la Dirección General de la P.a Nacional, el Consejo S uperior Policial y el Ministerio de Interior y
P.a contra la Orden General núm. 017-2020, expedida por la Dirección General de la P.a Nacional. Página 2 de 18
I. ANTECEDENTES
1. Presentación de la acción de amparo
El accionante señor J.R.R.R.noso, el veintiocho (28) de
septiembre de dos mil veinte (2020), interpuso ante la secretaría del Tribunal
Constitucional una instancia contentiva de la acción de amparo contra la
Dirección General de la P.a Nacional, el Consejo Superior Policial y el
Ministerio de Interior y P.a.
El objetivo de dicha acción es que este colegiado ordene por sentencia revocar
el retiro por pensión forzosa que han ejercido los accionados en perjuicio del
accionante, por considerarlo un acto que no cumple con el debido proceso de
ley y constituye una sanción desproporcional.
2. Hechos y argumentos jurídicos de la parte accionante
El accionante, señor J..R.R.R., a través de la presente
acción alega violación al debido proceso, por lo que procura que se acoja la
acción de amparo y se ordene por sentencia revocar el retiro por pensión forzosa
en su perjuicio. Para lograr su propósito, alega entre otras cosas, lo siguiente:
ATENDIDO: Que el Martes, 26 del mes de Marzo del año 2019, el señor
P.T.J..R.R.R., P.N., (hoy
pensionado forzoso), en ese momento, en su condición de Primer (1er.)
Teniente de la P.a Nacional Dominicana, con una trayectoria de 24
años y, mientras se encontraba en la 'Oficina de Retención de Evidencias
de la Sub Dirección Central de Antinarcóticos (DICAN), POLICÍA
NACIONAL, con asiento en la Dirección Cibao Central de Santiago,
como Encargado de Cadena y Custodia de Sustancias Controladas

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