Sentencia Nº TC/0220/23 de Tribunal Constitucional, 04-05-2023

Número de sentenciaTC/0220/23
Fecha04 Mayo 2023
Número de expedienteTC-05-2018-0290
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
el señor J.M.R.M. contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00249, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de agosto de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 55
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0220/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0290, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el señor
J..M..R..M. contra
la Sentencia núm. 0030-03-2018-
SSEN-00249, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiuno (21) de
agosto de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.l D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.é A.A., A.L.B.
.
M., M..U..B..V., J..P..C..K., V.
.
J.C..P., D..G., M..V.M. y E.
.
V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de
la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
el señor J.M.R.M. contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00249, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de agosto de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 55
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00249, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
el veintiuno (21) de agosto de dos mil dieciocho (2018), y su dispositivo,
copiado textualmente, es el siguiente:
PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión planteado por la parte
accionada, DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL,
fundamentado en lo dispuesto por el artículo 70 numeral 1 de la Ley
núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, conforme se establece en las
consideraciones precedentes.
SEGUNDO: RECHAZA la Acción Constitucional de Amparo
presentada por el señor J.M..I.R..M., en
fecha trece (13) de julio del año 2018, contra la DIRECCIÓN
GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, al haberse demostrado que
para su cancelación se cumplió con el debido proceso, conforme los
motivos anteriormente expuestos.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley núm. 137-11 de fecha 13 de
junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto p or
el señor J.M.R.M. contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00249, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de agosto de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 55
CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
Dicha sentencia fue notificada en manos del representante legal de la parte
recurrente, según consta en certificación expedida por la Secretaria General del
Tribunal Superior Administrativo, el dieciocho (18) de septiembre de dos mil
dieciocho (2018), recibida en la misma fecha.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
El señor J..M.R..M., mediante escrito depositado en la
Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, el veintiuno (21) de
septiembre de dos mil dieciocho (2018), interpuso un recurso de revisión contra
la sentencia anteriormente descrita, y fue remitido a este tribunal el cuatro (4)
de octubre de dos mil dieciocho (2018).
El referido recurso fue notificado a la Dirección General de la Policía Nacional
y al procurador general administrativo mediante Acto núm. 711/2018, de
veinticinco (25) de septiembre de dos mil dieciocho (2018), instrumentado por
A.L.V., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte
de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo fundamenta su decisión,
entre otros motivos, en los siguientes:

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