Sentencia Nº TC/0231/22 de Tribunal Constitucional, 03-08-2022

Número de sentenciaTC/0231/22
Fecha03 Agosto 2022
Número de expedienteTC-04-2021-0095
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor I.M.R. contra la Sentencia núm. 277 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
del veintiocho (28) de marzo del año dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 50
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0231/22 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0095, relativo al recurso de revi-
sión constitucional de decisión juris-
diccional incoado por el señor I.-
cio M..R. contra la Senten-
cia núm. 277 dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia
del veintiocho (28) de marzo del año
dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de agosto del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Mil-
ton R.G.vara, presidente; Rafael D..F., primer sustituto; L..V.
.
S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B..M.,
M.U.B...V., Justo Pedro C.K., V.J.
.
C.P., D.G., M.d.C..S. de Cabrera, Mi-
guel V..M. y J.A.V..a..G., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución, y 9, 53 y siguientes de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Consti-
tucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor I.M.R. contra la Sentencia núm. 277 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
del veintiocho (28) de marzo del año dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 50
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de de-
cisión jurisdiccional
1.1. La Sentencia núm. 277, objeto del presente recurso de revisión constitu-
cional, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia. Dicha
sentencia rechaza el recurso de casación interpuesto por el señor I.
.
M.R.. Su parte dispositiva establece lo siguiente:
Primero: Declara regular en la forma el recurso de casación inter-
puesto por I..M.R., contra la sentencia núm. 497-
2015, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del De-
partamento Judicial de San Pedro de Macorís el 11 de septiembre de
2015, cuyo dispositivo aparece copiado en parte anterior del presente
fallo;
Segundo: Rechaza en el fondo el indicado recurso por las razones ci-
tadas en el cuerpo de esta decisión;
Tercero: Condena al recurrente al pago de las costas penales y civiles
del procedimiento, con distracción de las últimas en manos de los Lic-
dos. I.D.B. y M.J.M.;
Cuarto: Ordena la notificación de la presente decisión a las partes y al
J. de la Ejecución de la Pena de ese Departamento Judicial para los
fines pertinentes.
1.2. Esta sentencia fue notificada a la parte recurrente a través de su represen-
tante legal, el veintitrés (23) de agosto de dos mil dieciséis (2016), mediante
Acto núm. 3407 instrumentado por el ministerial J.d.R.F.,
alguacil ordinario de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor I.M.R. contra la Sentencia núm. 277 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión juris-
diccional
2.1. El señor I..M.R. interpuso el presente recurso de re-
visión constitucional de decisión jurisdiccional, el veintidós (22) de septiembre
de dos mil dieciséis (2016), recibido por este tribunal el cuatro (4) de junio de
dos mil veintiuno (2021), con la finalidad de que se declare la nulidad de la
sentencia recurrida y que se remita nuevamente el expediente a la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de que el presente caso sea
conocido nuevamente, de conformidad con los términos del artículo 54 de la
Ley núm. 137-11 por presuntamente vulnerar el derecho fundamental a la tutela
judicial efectiva y debido proceso contenido en los artículos 68 y 69 de la Cons-
titución.
2.2. Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, R.A..C..
.
T., a través de su representante legal, el veintiséis (26) de septiembre de
dos mil dieciséis (2016), mediante Acto núm. 699/2016, instrumentado por el
ministerial Orlando de la Cruz Toribio, alguacil ordinario del Tribunal de Tie-
rras de Primera Instancia de la provincia La Altagracia.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, en su Sentencia núm.
277, del veintiocho (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016), que rechaza el
recurso de casación presentado por el señor I.M..l.R., se fun-
damenta en los siguientes motivos:
Considerando, que en el caso presente, el recurrente señor I..
.
M.R., en su condición de gerente de la empresa Trans

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