Sentencia Nº TC/0233/23 de Tribunal Constitucional, 12-05-2023
Número de sentencia | TC/0233/23 |
Fecha | 12 Mayo 2023 |
Número de expediente | TC-05-2022-0282 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Santo Domingo Este contra la Sentencia núm. 030-02-2022-SSEN-0008, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de enero del año dos mil veintidós (2022). Página 1 de 49
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0233/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0282, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Santo Domingo Este
contra la Sentencia núm. 030-02-
2022-SSEN-0008, dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiséis (26) de
enero del año dos mil veintidós (2022).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; A.L..B.M., M.U.
.B.V., V.J.C.P., D.G., M.
.V.M. y J.A..V.G., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Santo Domingo Este contra la Sentencia núm. 030-02-2022-SSEN-0008, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de enero del año dos mil veintidós (2022). Página 2 de 49
I.ANTECEDENTES
1.Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 030-02-2022-SSEN-0008, objeto del presente recurso de
revisión constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Primera Sala
del Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de enero del año dos mil
veintidós (2022). Su dispositivo dictaminó lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la acción
en amparo cumplimiento, interpuesta por la señora M.
.B..M., en fecha 19 de julio de 2021, contra el
AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE (ASDE) y su alcalde
M.J., por cumplir con los requisitos establecidos por
la Ley de Procedimientos Constitucionales, 137-11 de 13 de junio.
SEGUNDO: ACOGE, parcialmente, en cuanto al fondo, la acción de
amparo intervenida, en consecuencia, ordena al AYUNTAMIENTO DE
SANTO DOMINGO ESTE (ASDE), y a su alcalde M.J.
incluir en nómina a la señora M.B..M., hasta
tanto se trasmite y conceda su pensión en los términos solicitado por
esta, debiendo pagar, además, los salarios dejados de percibir, desde
su separación en fecha 01 de mayo de 2020, hasta el momento en que
se ejecute la presente sentencia, en virtud de las motivaciones expuestas
en la parte considerativa de la presente decisión (SIC).
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley núm. 137-11 de fecha 13 de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Santo Domingo Este contra la Sentencia núm. 030-02-2022-SSEN-0008, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de enero del año dos mil veintidós (2022). Página 3 de 49
junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
CUARTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia, vía
Secretaría General del Tribunal a las partes envueltas en el proceso y
al Procurador General Administrativo.
QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia previamente descrita fue notificada al recurrente, Ayuntamiento
de Santo Domingo Este, el ocho (8) y catorce (14) de marzo de dos mil veintidós
(2022), mediante los actos núms. 103/2022, instrumentado por el ministerial
J.P..C.G., alguacil de estrados de la Presidencia de la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, y
292/2022, instrumentado por el ministerial R..E..G.
.A., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo
2.Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
En el presente caso el recurrente, Ayuntamiento de Santo Domingo Este,
apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión constitucional
contra la sentencia anteriormente descrita, mediante escrito depositado en el
Centro de Servicio Presencial el día catorce (14) de marzo del dos mil veintidós
(2022), siendo recibido en esta sede el dieciséis (16) de septiembre de dos mil
veintidós (2022). El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se
exponen más adelante.
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