Sentencia Nº TC/0260/22 de Tribunal Constitucional, 22-08-2022

Número de sentenciaTC/0260/22
Fecha22 Agosto 2022
Número de expedienteTC-04-2021-0149
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0149, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la señora E.A.R.R. ríguez contra: a) Resolución núm. 5979-2019 dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia del veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019); b) Sentencia núm. 095-2011
dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del veinticuatro
(24) de febrero del dos mil once (2011); y, c) Sentencia núm. 00587/2008 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil
y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional del ocho (8) de septiembre del dos mil ocho (2008).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0260/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0149, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la señora
E..A..R.
.
R. contra: a) Resolución núm.
5979-2019 dictada por la Primera Sala
de la Suprema Corte de Justicia del
veintisiete (27) de noviembre de dos
mil diecinueve (2019); b) Sentencia
núm. 095-2011 dictada por la Segunda
Sala de la Cámara Civil y Comercial
de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional del veinticuatro (24) de
febrero de dos mil once (2011); y, c)
Sentencia núm. 00587/2008 dictada
por la Segunda Sala de la Cámara Civil
y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional del
ocho (8) de septiembre de dos mil ocho
(2008).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0149, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la señora E.A.R.R. ríguez contra: a) Resolución núm. 5979-2019 dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia del veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019); b) Sentencia núm. 095-2011
dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del veinticuatro
(24) de febrero del dos mil once (2011); y, c) Sentencia núm. 00587/2008 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil
y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional del ocho (8) de septiembre del dos mil ocho (2008).
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En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C.s K., V.
.
J.C..P., D..G. y J..A.V..G.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de las sentencias recurridas
La Resolución núm. 5979-2019 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte
de Justicia, el veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019),
presenta el dispositivo siguiente:
PRIMERO: RECHAZA la solicitud de exclusión presentada por la parte
recurrente, Emma A..R..R., en contra de la
parte recurrida, J.R.N., en ocasión del recurso de
casación interpuesto contra la sentencia núm. 095-2011, dictada por la
Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte Apelación
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0149, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la señora E.A.R.R. ríguez contra: a) Resolución núm. 5979-2019 dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia del veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019); b) Sentencia núm. 095-2011
dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del veinticuatro
(24) de febrero del dos mil once (2011); y, c) Sentencia núm. 00587/2008 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil
y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional del ocho (8) de septiembre del dos mil ocho (2008).
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del Distrito Nacional, el 24 de febrero de 2011, por los motivos antes
expuestos.
SEGUNDO: RECHAZA la solicitud de defecto presentada por la parte
recurrente, Emma A..R.R., en contra de la
parte recurrida, J.R.N., en ocasión del presente recurso
de casación, por los motivos antes expuestos.
TERCERO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia,
notificar a las partes interesadas y publicar esta resolución, para los
fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
Entre las piezas que componen este expediente, objeto del presente recurso de
revisión jurisdiccional, consta el Acto núm. 821-2021 instrumentado por el
ministerial R.A..G..P., alguacil ordinario del Tribunal
Superior Administrativo mediante el cual se notifica la Resolución núm. 5879-
2019, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintisiete
(27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019) a la señora E.A.
.
R.R., a requerimiento de la señora J..R., el catorce
(14) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
La Sentencia núm. 095-2011 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y
Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, del veinticuatro (24)
de febrero del dos mil once (2011), cuyo dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA inadmisible de oficio el recurso de apelación
principal, interpuesto, por la señora J.R.N..Z., según
acto No. 193/09, de fecha veintitrés (23) del mes de abril del año dos

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