Sentencia Nº TC/0273/22 de Tribunal Constitucional, 13-09-2022

Número de sentenciaTC/0273/22
Fecha13 Septiembre 2022
Número de expedienteTC-04-2021-0056
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
M.M.N. contra la Resolución núm. 01055/2020 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia
del once (11) de diciembre del año dos mil veinte (2020). Página 1 de 76
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0273/22 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0056, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por
M..M..N. contra la
Resolución núm. 01055/2020 dictada
por la Primera Sala de la Suprema
Corte de Justicia del once (11) de
diciembre del año dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L.B.
.
M., M.U.B.V., J.P.C.K., V.
.
J.C..P., D..G., J.A..V.G. y
E..V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución, y 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
M.M.N. contra la Resolución núm. 01055/2020 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución civil núm. 01055/2020, pronunciada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el once (11) de diciembre de dos mil veinte (2020),
objeto del presente recurso de revisión constitucional, resuelve en su parte
dispositiva lo siguiente:
Primero: Acoge la solicitud presentada por la parte recurrida, J.
de León Trinidad, A.F.R. de León, S..S.R. de
León, Y..J..R. de León, L.L..R. de León y
L.R. de León, y en consecuencia Declara Caduco el recurso
de casación interpuesto por M..M..N., contra la
sentencia civil núm. 345-2019, dictada en fecha 3 de diciembre de 2019,
por la Cámara Civil de la Corte de Apelacióndel (sic) Departamento
Judicial de San Cristóbal, por los motivos expuestos.
Segundo: Condena a la parte recurrente al pago de las costas del
procedimiento y ordena su distracción a favor de los Lcdos. D. de
León De La Paz (sic) y F..A.. B.C. (sic), abogados de
la parte recurrida, quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
Tercero: Ordena al secretario de la Suprema Corte de Justicia,
notificar a las partes interesadas y publicar esta resolución, para los
fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
Fue ejercida la diligencia procesal por actuación ministerial núm. 375/2020, del
veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinte (2020), de la firma de S.
República Dominicana
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Expediente núm. TC-04-2021-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
M.M.N. contra la Resolución núm. 01055/2020 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia
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A.P., alguacil de estrados del Tribunal Colegiado de la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de P.a,
intitulada notificación de resolución de caducidad con mandamiento de pago
tendente a embargo ejecutivo, a requerimiento de los señores J. de León
Trinidad, A..F..R. de León, S..S..R. de León, Y.
.
J..R. de León, L..L.R. de León y L.R. de
León.
2. Presentación del recurso en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
Mediante instancia depositada en la Secretaría General de la Suprema Corte de
Justicia el doce (12) de enero de dos mil veintiuno (2021) y recibida ante esta
sede constitucional el veintiséis (26) de marzo de dos mil veintiuno (2021), la
ciudadana M.M.N. ha interpuesto el presente recurso de
revisión constitucional de la decisión jurisdiccional enunciada.
A su requerimiento, dicho recurso fue notificado a la parte ahora recurrida,
señores J. de León Trinidad, A..F.R. de León, S.S.
.
R. de León, Y.J.R. de León, L..L.R. de León y
L.R. de León por Acto núm. 40/2020 -sic-, del trece (13) de enero de
dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial S.A.
.
B.C., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional y a su vez, mediante Actos núms. 95-2021, 96-
2021, 97-2021, 98-2021, 99-2021, 100-2021 y 101-2021, todos, del veintidós
(22) de febrero de dos mil veintiuno (2021), instrumentados por el alguacil
Santiago ML. D..S., ordinario del Primer Tribunal Colegiado de la
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a
solicitud del secretario general de la Suprema Corte de Justicia.

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