Sentencia Nº TC/0275/22 de Tribunal Constitucional, 13-09-2022

Número de sentenciaTC/0275/22
Fecha13 Septiembre 2022
Número de expedienteTC-01-2019-0026
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2019-0026, relativo a la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por F.A..S.
.
P. contra la Ley núm. 44-00, que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas del seis (6) de julio
del año dos mil (2000). Página 1 de 31
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0275/22
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2019-0026, relativo a la acción directa
en inconstitucionalidad interpuesta por
F..A.S.P. contra la
Ley núm. 44-00, que establece la
lectura e instrucción bíblica en las
escuelas públicas del seis (6) de julio
del año dos mil (2000).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.l D..F., primer sustituto; A.
.
L.B.M., M..U..B.V., J..P..C.
.
K., V..J..C.P., D..G., M..d..C.
.
S. de Cabrera, José A..V..G. y Eunisis Vásquez A.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185, numeral 1 de la Constitución, y 9 y 36 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2019-0026, relativo a la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por F.A..S.
.
P. contra la Ley núm. 44-00, que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas del seis (6) de julio
del año dos mil (2000). Página 2 de 31
1. Descripción de la norma impugnada
El accionante, F.A..S.P., ataca en inconstitucionalidad la Ley
núm. 44-00, que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas
públicas del seis (6) de julio del año dos mil (2000). Dicha ley expresa lo
siguiente:
Artículo 1.- Se modifica la Ley General de Educación No. 66-97, del 9
de abril del 1997, en su Artículo 25, para que, en lo adelante, contenga
los párrafos siguientes:
PARRAFO I. Se establece a nivel inicial, básico y medio, después del
izamiento de la Bandera y entonación del Himno Nacional, la lectura
de una porción o texto bíblico.
PARRAFO II. Se establece a nivel inicial, básico y medio la instrucción
bíblica, que se impartirá por lo menos una vez a la semana. Los
programas y métodos de enseñanza bíblica serán propuestos por la
Conferencia del Episcopado Dominicano y la Confederación
Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE)”.
PARRAFO III. En cada escuela pública, previo consenso de los
órganos o autoridades religiosas competentes del párrafo II, se
ofrecerá un programa de instrucción bíblica común o, en su defecto, se
ofrecerán dos programas de instrucción bíblica individuales, uno por
cada órgano o autoridad religiosa competente del párrafo II. Los
padres de los alumnos, o quienes hagan sus veces, podrán escoger entre
los dos programas de instrucción bíblica mediante una simple
declaración escrita, pudiendo también optar por la exención de la
materia, como la prescribe la Ley General de Educación.

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