Sentencia Nº TC/0310/22 de Tribunal Constitucional, 22-09-2022

Número de sentenciaTC/0310/22
Fecha22 Septiembre 2022
Número de expedienteTC-05-2022-0033
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A.Y.D.G. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00061 dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo del dieciséis (16) de febrero del año dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 66
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0310/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0033, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
A..Y..D..G.
contra la Sentencia núm. 0030-03-
2020-SSEN-00061 dictada por la
Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo del dieciséis (16) de
febrero del año dos mil veintiuno
(2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C..K., V.
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M..V..M. y J.A..V.G., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A.Y.D.G. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00061 dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo del dieciséis (16) de febrero del año dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 66
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia: I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la Sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00061, objeto del presente recurso, fue
dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, el dieciséis
(16) de febrero de dos mil veintiuno (2021), la cual copiada a la letra su parte
dispositiva, expresa lo siguiente:
Primero: Declara regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
acción de amparo incoada por el señor A.Y..D.
.
G., en fecha 19 de noviembre de 2020, contra la Dirección
General de la Policía Nacional, por haber sido interpuesta conforme a
las reglas procesales vigentes.
Segundo: Rechaza, en cuanto al fondo, la acción de amparo incoada
por el señor A.Y..D.G., en fecha 19 de noviembre
de 2020, contra la Dirección General de la Policía Nacional, en razón
de que la accionada cumplió con el debido proceso, por los motivos
expuestos.
Tercero: Declara libre de costas el presente proceso.
Cuarto: Ordena a la Secretaria General, que proceda a la notificación
de la presente Sentencia por las vías legales disponibles, a la parte
accionante, A..Y..D..G., parte accionada
Dirección General de la Policía Nacional, así como a la Procuraduría
General Administrativa.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor A.Y.D.G. contra la Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-00061 dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo del dieciséis (16) de febrero del año dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 66
Quinto: Ordena que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
Dicha Sentencia le fue notificada al abogado del hoy recurrente, señor
A.Y.D..o.G., mediante Acto núm. 408/2021, instrumentado
el veintidós (22) de abril de dos mil veintiuno (2021), por el ministerial
R.E..G.A., alguacil de ordinario del Tribunal
Superior Administrativo.
Asimismo, le fue notificada la Sentencia recurrida, a la Procuraduría General
Administrativa, mediante el Acto núm. 521/2021, instrumentado el cuatro (4)
de junio de dos mil veintiuno (2021), por el ministerial E.L.V.,
alguacil de estrados del Tribunal Superior Administrativo.
De igual manera, le fue notificada la Sentencia recurrida, a la Dirección General
de la Policía Nacional, mediante el Acto núm. 607/2021, instrumentado el
quince (15) de junio de dos mil veintiuno (2021), por el ministerial E.
.
L.V., alguacil de estrados del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de
amparo
El recurrente, señor A.Y.D.G., vía el Centro de Servicio
Presencial, edificio de las Cortes de Apelación del Distrito Nacional, interpuso
el presente recurso de revisión, el veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno
(2021), y remitido a este Tribunal el tres (3) de febrero de dos mil veintidós
(2022).

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