Sentencia Nº TC/0314/21 de Tribunal Constitucional, 22-09-2021

Número de sentenciaTC/0314/21
Fecha22 Septiembre 2021
Número de expediente TC-07-2021-0020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2021-0020, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por los señores
M.S.R., L.B.H. y S.M.J.A. contra: a) la Sentencia núm.
00032/2016, dictada por la Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia
el doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016); y, b) la Resolución núm. 6061-2017, dictada por la Suprema Corte de
Justicia el ocho (8) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 26
SENTENCIA TC/0314/21
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2021-0020, relativo a la solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
incoada por los señores M.
.
S..R., L..B.
.
H. y S.M.rita J.
.
A. contra: a) la Sentencia
núm. 00032/2016, dictada por la
Cámara Civil y Comercial del J.gado
de Primera Instancia del Distrito
Judicial de La Altagracia el doce (12)
de enero de dos mil dieciséis (2016); y,
b) la Resolución núm. 6061-2017,
dictada por la Suprema Corte de
Justicia el ocho (8) de diciembre de
dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.o
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C..K., V.
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M.V.M.ontero, J.A.V.G. y Eunisis
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2021-0020, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por los señores
M.S.R., L.B.H. y S.M.J.A. contra: a) la Sentencia núm.
00032/2016, dictada por la Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia
el doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016); y, b) la Resolución núm. 6061-2017, dictada por la Suprema Corte de
Justicia el ocho (8) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 26
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; los
artículos 53 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos
mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de las sentencias objeto de la solicitud de suspensión
La parte demandante en suspensión, señores M.S.z R., L.
.
B.H. y S.M.J.P.linario solicitan la suspensión de
las decisiones siguientes: a) la Sentencia núm. 00032/2016, dictada por la
Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial
de La Altagracia el doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016); y, b) la
Resolución núm. 6061-2017, dictada por la Suprema Corte de Justicia de ocho
(8) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Sus dispositivos, se transcriben a
continuación:
a. Sentencia núm. 00032/2016:
Primero: En atención de que no se han presentado licitadores se declara
desierta la venta y en consecuencia adjudicatario al persiguiente Banco
Múltiple BHD León, S.A. del inmueble descrito como: una porción de
terreno con una superficie de 300.00 metros cuadrados, identificada con
la matrícula No. 4000257607, dentro del inmueble: parcela 427, del
Distrito Catastral No. 10.6 ubicada en Higüey, la Altagracia, por el
precio de la primera puja ascendente a la suma de dos millones
ochocientos setenta mil pesos dominicanos con 00/100

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