Sentencia Nº TC/0319/22 de Tribunal Constitucional, 22-09-2022

Número de sentenciaTC/0319/22
Fecha22 Septiembre 2022
Número de expediente TC-04-2022-0050
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.R.R.es contra la Sentencia núm. 1419-2018-SSEN-00087, dictada por la Primera Sala de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, el diez (10) de junio de dos mil veintiuno
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0319/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0050, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
A..R..R. contra la
Sentencia núm. 1419-2018-SSEN-
00087, dictada por la Primera Sala de
la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial
de Santo Domingo del diez (10) de
junio de dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; J.
.
A..A., A..L..B..M., M.U.B.V.,
J.P.C.K., V..J.C.P., D.
.
G. y M.V..M., en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución; 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.R.R.es contra la Sentencia núm. 1419-2018-SSEN-00087, dictada por la Primera Sala de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, el diez (10) de junio de dos mil veintiuno
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
1.1. La Sentencia 1419-2018-SSEN-00087, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de decisión jurisdiccional, fue dictada el diez (10) de
junio de dos mil veintiuno (2021) por la Primera Sala de la Cámara Penal de la
Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo. El
dispositivo de dicha decisión dice lo que a continuación transcribimos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación
interpuesto por los querellantes W..H., B..N.,
R.W.H. y F.A.H., a través de sus
representantes legales, L., H..D..H..S.,
E..M..S. y H.L..H..T., en fecha
trece (13) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), en contra de
la resolución penal número. 580-2019-SOTS-00035, de fecha doce (12)
de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), dictada por el Tercer
Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Santo Domingo.
SEGUNDO: REVOCA la Resolución marcada con el Número. 580-
2019-SOTS-00035, de fecha doce (12) del mes de septiembre del año
dos mil diecinueve (2018) dictada por el Tercer Juzgado de la
Instrucción del Distrito Judicial de Santo Domingo, por contener los
vicios enunciados, así como por no haber completado el Ministerio
Público de manera objetiva la investigación, en consecuencia,
ORDENA a la Procuradora Fiscal de la Provincia de Santo Domingo,
proceder a continuar con la investigación del presente caso, PARA LO
CUAL, dispone de un plazo de veinte días para presentar el acto
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Expediente núm. TC-04-2022-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.R.R.es contra la Sentencia núm. 1419-2018-SSEN-00087, dictada por la Primera Sala de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, el diez (10) de junio de dos mil veintiuno
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conclusivo pertinente, excepto el de archivar, de conformidad con los
[sic] que dispone el artículo 283 del código procesal penal.
TERCERO: ORDENA a la secretaria de esta Primera Sala, realizar las
notificaciones correspondientes, a la Procuraduría Fiscal de la
Provincia de Santo Domingo, y a las partes, quienes quedaron citadas
en audiencia pública fecha [sic] trece (13) del mayo del año dos mil
veintiuno (2021), e indica que la presente sentencia está lista para su
entrega a las partes comparecientes.
1.2. La señalada decisión fue notificada al señor A..R.R.
mediante el Acto núm. 42/2022, emitido el seis (6) de abril de dos mil veintidós
(2022) por la Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
1.3. De igual forma, mediante los actos núms. 37/2022, 38/2022, 40/2022 y
41/2022, emitidos el seis (6) de abril de dos mil veintidós (2022) por la
Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Santo Domingo, se notificó la referida decisión a los
señores B.N., F.A..H.K., R.
.
W.H.K.ind y W.H.ann, en manos de su abogado
constituido y apoderado especial, L.. H.D.H..
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
2.1. El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
fue interpuesto mediante instancia depositada en la secretaría de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo el

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