Sentencia Nº TC/0345/18 de Tribunal Constitucional, 05-09-2018

Número de sentenciaTC/0345/18
Fecha05 Septiembre 2018
Número de expediente TC-07-2016-0073
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2016-0073, relativo a la demanda en s uspensión de ejecución de sentencia interpuesta por Ventura
Vásquez López contra la Resolución núm. 731- 2015, del diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015) y la Sentencia núm.
63, del veintisiete (27) de mayo de dos mil quince (2015), ambas dictadas por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0345/18 Referencia: Expediente núm. TC-07-
2016-0073, relativo a la demanda en
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesta por Ventura Vásquez López
contra la Resolución núm. 731-2015, del
diecinueve (19) de marzo de dos mil
quince (2015) y la Sentencia núm. 63, del
veintisiete (27) de mayo de dos mil quince
(2015), ambas dictadas por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de Justicia.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés,
Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en el artículo 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del (13) de junio de dos
mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2016-0073, relativo a la demanda en s uspensión de ejecución de sentencia interpuesta por Ventura
Vásquez López contra la Resolución núm. 731- 2015, del diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015) y la Sentencia núm.
63, del veintisiete (27) de mayo de dos mil quince (2015), ambas dictadas por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia.
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1. Descripción de las sentencias recurridas en revisión objeto de la demanda
en suspensión
La presente solicitud de suspensión de ejecución se realiza sobre dos decisiones, de
las que se harán constar sus fundamentos más adelante, a saber: Resolución núm.
731-2015, recurrida en revisión, fue dictada por las Salas Reunidas de la Suprema
Corte de Justicia el diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015); la
Sentencia núm. 63, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia
el veintisiete (27) de mayo de dos mil quince (2015). Los dispositivos de las
sentencias referidas se copian a continuación:
Resolución núm. 731-2015:
PRIMERO: Declaran inadmisible el recurso de casación interpuesto por:
Ventura Vásquez López, contra la sentencia dictada por la Segunda Sala
de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 18
de diciembre de 2014, cuyo dispositivo se copia en parte anterior del
presente fallo;
SEGUNDO: Declaran admisible el recurso de casación interpuesto por:
José Milton de Jesús Ángeles Cepeda, contra la sentencia dictada por la
Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional, el 18 de diciembre de 2014, cuyo dispositivo se copia en parte
anterior del presente fallo;
TERCERO: Fijan la audiencia pública para el día seis (06) de mayo de
2015, a las 9:00 horas de la mañana, para conocer del recurso de casación
contra la señalada sentencia, interpuesto por José Milton de Jesús Ángeles
Cepeda;

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