Sentencia Nº TC/0357/22 de Tribunal Constitucional, 03-11-2022

Número de sentenciaTC/0357/22
Fecha03 Noviembre 2022
Número de expedienteTC-05-2022-0118
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
L.. S.B..P. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00375, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0357/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0118, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el L..
S..B..P. contra la
Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-
00375, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del
veinticinco (25) de agosto de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; Lino V..S., segundo sustituto; J.
.
A..A., M..U..B..V., J..P..C.
.
K., D..G., M.d..C.S. de Cabrera, M.V.
.
M., J..A.ndro Vargas Guerrero y E..V....A., en el
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
L.. S.B..P. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00375, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
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Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00375, objeto del presente recurso de
revisión constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Primera Sala
del Tribunal Superior Administrativo en fecha veinticinco (25) de agosto de dos
mil veintiuno (2021). Su dispositivo dictaminó lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA improcedente, de oficio, la presente acción
de amparo de cumplimiento, en virtud de lo establecido en el artículo
108, literal g, de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, por los
motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: DECLARA el presente proceso libre de costas.
TERCERO: ORDENA que la presente sentencia comunicada por
secretaría a las partes envueltas en el proceso y a la
PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA.
CUARTO: ORDENA que la presenten sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
L.. S.B..P. contra la Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00375, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
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La sentencia previamente descrita fue notificada al recurrente, L.. S.
.
B.P., el día siete (7) de octubre de dos mil veintiuno (2021), según
consta en el oficio expedido en esa misma fecha por la secretaria general del
Tribunal Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia
amparo
En el presente caso el recurrente, L.. S..B.P., apoderó a este
tribunal constitucional del recurso de revisión constitucional contra la sentencia
anteriormente descrita, mediante escrito depositado en el Centro de Servicio
Presencial el día trece (13) de octubre de dos mil veintiuno (2021), siendo
recibido en esta sede el nueve (9) de mayo de dos mil veintidós (2022). El
referido recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo le fue
notificado a la parte recurrida, Ministerio de M.o Ambiente y Recursos
Naturales, y a la Procuraduría General Administrativa, el día trece (13) de
octubre del de dos mil veintiuno (2021), mediante el Acto núm. 640-2021,
instrumentado por el ministerial L..F.D., aguacil estrado de la
Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del
Distrito Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida de revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictaminó la
improcedencia de la acción de amparo de cumplimiento incoada por L..

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