Sentencia Nº TC/0383/18 de Tribunal Constitucional, 11-10-2018

Número de sentenciaTC/0383/18
Fecha11 Octubre 2018
Número de expediente TC-04-2017-0126
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Teresa Abreu Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 382-2 016, dictada por el Tribunal Superior Electoral el siete (7) de
diciembre de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 58
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0383/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0126, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Teresa Abreu Sánchez
contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm.
382-2016, dictada por el Tribunal Superior
Electoral el siete (7) de diciembre de dos
mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Rafael Díaz Filpo, Víctor
Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e
Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y los
artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Teresa Abreu Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 382-2 016, dictada por el Tribunal Superior Electoral el siete (7) de
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1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La decisión objeto del presente recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional es la Sentencia TSE-RR-RA-Núm. 382-2016, dictada por el Tribunal
Superior Electoral el siete (7) de diciembre de dos mil dieciséis (2016). En su parte
dispositiva, la referida decisión expresa lo siguiente:
Primero: Declara regular y válido en cuanto a la forma, el Recurso de
Revisión incoado el 29 de noviembre de 2016, por la Licda. Elba Peña
Ribera, en representación de Teresa Abreu Sánchez, contra la Sentencia de
Rectificación TSE-3999-2016, dictada por este Tribunal el 20 de julio de
2016, por haber sido interpuesto de conformidad con las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes.
Segundo: Rechaza en cuanto al fondo el referido recurso de revisión, por
ser el mismo improcedente, mal fundado y carente de base legal y, en
consecuencia, confirma en todas sus partes la sentencia recurrida, por los
motivos expuestos precedentemente.
Tercero: Ordena la comunicación de la presente sentencia a la parte
recurrente, para los fines de lugar.
De conformidad con la Constancia de notificación TSE-SG-CE-0620-2017,
precisamos que la sentencia recurrida le fue notificada a la parte recurrente, el
cinco (5) de abril de dos mil diecisiete (2017), por la Secretaría General del
Tribunal Superior Electoral.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Teresa Abreu Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 382-2 016, dictada por el Tribunal Superior Electoral el siete (7) de
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El cinco (5) de mayo de dos mil diecisiete (2017), Teresa Abreu Sánchez interpuso
un recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra la Sentencia
TSE-RR-RA-Núm. 382-2016, mediante escrito depositado ante la Secretaría
General del Tribunal Superior Electoral, y posteriormente, remitido a la Secretaría
de este tribunal constitucional, el once (11) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
El Tribunal Superior Electoral rechazó el recurso de revisión interpuesto por la hoy
recurrente, Teresa Abreu Sánchez, contra la Sentencia TSE-3999-2016,
fundamentándose, entre otros, en los motivos siguientes:
a. Considerando: Que el artículo 13, numeral 4, de la Ley Orgánica del
Tribunal Superior Electoral, Núm. 29-11, dispone que:
El Tribunal Superior Electoral tiene las siguientes atribuciones en
instancia única: 4) Decidir respecto de los recursos de revisión contra sus
propias decisiones cuando concurran las condiciones establecidas por el
derecho común’.
b. Considerando: Que el artículo 233 del Reglamento de Procedimientos
Contenciosos Electorales y de Rectificación de Actas del Estado Civil, dictado por
este Tribunal, dispone que:
Artículo 233. Revisión de la sentencia. La sentencia dictada por el
Tribunal Superior Electoral con motivo de una solicitud de rectificación de

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