Sentencia Nº TC/0383/17 de Tribunal Constitucional, 11-07-2017

Número de sentenciaTC/0383/17
Fecha11 Julio 2017
Número de expediente TC-05-2016-0343
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0343, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por L.
.
A.R.U. contra la Sentencia núm. 0431-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de octubre de dos mil quince (2015).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0383/17
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0343, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
incoado por L.A.agracia R.
.
U. contra la Sentencia núm. 0431-2015,
dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el quince (15) de
octubre de dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los once (11) día del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
R..G., presidente; L..M..P..M., primera sustituta;
H.A. de los Santos, A.I.B..H., J.P.
.
C.K., V..J.C..P., J.C..D., R.
.
D.F.po, V..o.G..e.B., W..S.G..R., K.M.
.
J..M. e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0343, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por L.
.
A.R.U. contra la Sentencia núm. 0431-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de octubre de dos mil quince (2015).
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1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0431-2015, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada
por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el quince (15) de octubre
de dos mil quince (2015), cuyo dispositivo copiado textualmente es el siguiente:
PRIMERO: Declara regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo, interpuesta por el señor L.
.
A.R.U., contra la CORPORACIÓN DEL
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD),
por haber sido interpuesta de conformidad con la ley que rige la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, la acción de amparo incoada
por el señor L.V.D. (sic), en fecha diecisiete (17) de
agosto del año dos mil quince (2015), contra la CORPORACIÓN DEL
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD),
por las razones expuestas en esta misma sentencia.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011,
ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales.
CUARTO: ORDENA, la comunicación por Secretaría de la presente
sentencia a la parte accionante, el señor L..A.
.
R..U., a la parte accionada, CORPORACIÓN DEL
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD) y
al Procurador General Administrativo.
QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0343, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por L.
.
A.R.U. contra la Sentencia núm. 0431-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de octubre de dos mil quince (2015).
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Dicha sentencia fue formalmente notificada (i) a la parte recurrente, L.
.
A..R.U.. el trece (13) de enero de dos mil dieciséis (2016),
conforme se evidencia en el acuse de recibo de la certificación emitida en esa
misma fecha por la secretaria general del Tribunal Superior Administrativo y (ii) a
la parte recurrida, Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo
(CAASD),
1
mediante el Acto núm. 20/2016, instrumentado por J..S.M.,
alguacil ordinario de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el dieciocho (18) de enero de dos mil
dieciséis (2016).
2. Presentación del recurso de revisión
El recurrente, L.A..R.U., vía Secretaría General del
Tribunal Superior Administrativo, interpuso el presente recurso el veinte (20) de
enero del dos mil dieciséis (2016). Conforme a la glosa procesal dicho recurso fue
notificado a la CAASD y a la Procuraduría General Administrativa, mediante los
actos nos. 230/2016 y 231/2016, ambos instrumentados, respectivamente, por J...
.
S.M., alguacil ordinario de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el ocho (8) de julio de dos mil
dieciséis (2016).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo fundó su decisión, entre otros,
en los siguientes motivos:
a. Luego del estudio de los antecedentes descritos en la presente sentencia y de
la documentación que integra el expediente, se advierte que el hecho controvertido
consiste en determinar si con la no entrega de información solicitada por la parte
accionante a la accionada, se vulneran los derechos fundamentales alegados por el
1
En lo adelante, por su nombre completo o CAASD.

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