Sentencia Nº TC/0406/22 de Tribunal Constitucional, 06-12-2022

Número de sentenciaTC/0406/22
Fecha06 Diciembre 2022
Número de expedienteTC-05-2020-0164
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente TC-05-2020-0164, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Dirección General de Prisiones, contra la Resolución núm. 107-01-2020-SRES-00075, dictada por el Tribunal de Ejecución
de la Pena del Departamento Judicial de B., el veinte (20) de agosto de dos mil veinte (2020). Página 1 de 40
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0406/22 Referencia: Expediente TC-05-2020-
0164, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por la Dirección General
de Prisiones, contra la Resolución
núm. 107-01-2020-SRES-00075,
dictada por el Tribunal de Ejecución
de la Pena del Departamento Judicial
de B., el veinte (20) de agosto
de dos mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D.F., primer sustituto, en funciones de presidente; L.V.
.
S., segundo sustituto; J.A.A., A.L.B.M.,
M.U..B.V., J.P..C.K., V..J.
.
C.P., D..G., M.V..M., J. Alejandro
V.G. y E.V.A., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente TC-05-2020-0164, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Dirección General de Prisiones, contra la Resolución núm. 107-01-2020-SRES-00075, dictada por el Tribunal de Ejecución
de la Pena del Departamento Judicial de B., el veinte (20) de agosto de dos mil veinte (2020). Página 2 de 40
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
El presente recurso se interpone contra la Resolución núm. 107-01-2020-
SRES-00075, dictada por el Tribunal de la Ejecución de la Pena del
Departamento Judicial de B., el veinte (20) de agosto de dos mil veinte
(2020), y su dispositivo se transcribe a continuación:
PRIMERO: En cuanto a la forma, declarar regular y válida la Acción
Constitucional de Amparo incoada por el interno N..P., por
intermedio de la Licenciada D.F.M., en contra del
D. General de Prisiones Thomas Holguin y la encargada de la
cárcel pública de P.nales, la Dirección General de Prisiones y la
Procuraduría General de la República por haber sido promovida de
conformidad con las reglas procesales constitucionales vigentes.
SEGUNDO: Rechaza las pretensiones del ministerio público y del
abogado de la Dirección General de Prisiones, de declarar inadmisible
el recurso de amparo por las razones que han sido expuestas en otra
parte de esta decisión.
TERCERO: En cuanto al fondo, Acoger la presente acción
constitucional de Amparo, a tales efectos Declarar que el accionante
N..P.tita ha sido objeto de la violación de sus derechos
fundamentales sobre el principio de igualdad y dignidad humana, en la
Cárcel Pública de esta ciudad de P.nales, por parte de la Dirección
General de Prisiones al serle negada la carta de conducta, documento
indispensable para la solicitud de libertad condicional, al quedar
verificado que de una pena de diez años que le fue impuesta, ha
cumplido nueve años de prisión sin que pueda ejercer su derecho a
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente TC-05-2020-0164, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Dirección General de Prisiones, contra la Resolución núm. 107-01-2020-SRES-00075, dictada por el Tribunal de Ejecución
de la Pena del Departamento Judicial de B., el veinte (20) de agosto de dos mil veinte (2020). Página 3 de 40
solicitar la libertad condicional, debido a que la Dirección General de
Prisiones se niega a entregarle la certificación de conducta, que es uno
de los documentos requeridos para introducirla.
CUARTO: Ordenar a la parte accionada, Dirección General de
Prisiones, cesar de manera inmediata la afectación de los derechos
fundamentales del interno, garantizando al señor N.P., la
entrega de la carta de conducta en un plazo de 72 horas a partir de la
notificación, de conformidad con lo establecido en la legislación tanto
nacional como internacional.
QUINTO: Imponer el pago de un astreinte por la suma de Dos Mil
Quinientos Pesos (RD$2,500.00), a la Dirección General de Prisiones,
en la persona de su director, por cada día de retardo en la ejecución
de la presente decisión, computado a partir de la notificación de la
presente decisión.
SEXTO: Ordenar la notificación de la presente resolución a las partes
del proceso.
SÉPTIMO: Declarar el presente procedimiento libre de costas.
No existe constancia en el expediente sobre la notificación de la indicada
Resolución núm. 107-01-2020-SRES-00075, a la parte recurrente. Al respecto,
solo consta su notificación a la encargada de la cárcel pública de P.nales,
M..R. De Jesús Heredia, el veinticinco (25) de agosto de dos mil
veinte (2020), mediante acto instrumentado por el ministerial Y.
.
M.D.P., alguacil de estrados del Juzgado de la Instrucción del
Distrito Judicial de P.nales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR