Sentencia Nº TC/0412/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0412/20
Número de expediente TC-04-2020-0008
Fecha29 Diciembre 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0008, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Eligio Pineda contra la Sentencia núm. 2262, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el quince
(15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0412/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2020-0008, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por Eligio
Pineda contra la Sentencia núm. 2262,
dictada por la Sala Civil y Comercial
de la Suprema Corte de Justicia el
quince (15) de diciembre de dos mil
diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil y Wilson S. Gómez Ramírez,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185, numeral 1, de la Constitución y 9, 36, 53 y 54 de
la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0008, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Eligio Pineda contra la Sentencia núm. 2262, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el quince
(15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida
La Sentencia núm. 2262, objeto del presente recurso de revisión, fue dictado
por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el quince (15) de
diciembre de dos mil diecisiete (2017). En su dispositivo se hace constar lo
siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por el señor Eligio
Pineda, contra la sentencia civil núm. 026-02-2016-SCIV-00193/2016,
dictada el 26 de febrero de 2016, por la Primera Sala de la Cámara
Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, cuyo
dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo;
“Segundo: Compensa el pago de las costas del procedimiento.
En el expediente no existe constancia de notificación de la sentencia
previamente descrita a la parte recurrente.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
El recurso de revisión interpuesto contra la Sentencia núm. 2262, dictada por la
Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el quince (15) de
diciembre de dos mil diecisiete (2017), fue depositado en la Secretaría de la
Suprema Corte de Justicia el seis (6) de julio de dos mil dieciocho (2018),
remitido a este tribunal el catorce (14) de enero de dos mil vente (2020). Los
alegatos en los cuales se fundamenta el recurso se expondrán más adelante.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0008, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Eligio Pineda contra la Sentencia núm. 2262, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el quince
(15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
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El recurso de revisión constitucional fue notificado a la parte recurrida, señor
José Germán Meléndez Núñez, el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018),
mediante el Acto núm. 400/2018.
3. Fundamento de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia fundamentó su
decisión en los motivos siguientes:
Considerando, que el examen de la decisión impugnada pone de
manifiesto que, en la especie, se trata de una demanda en declaratoria
de existencia de contrato incoada por Eligio Pineda, contra José
Germán Meléndez Núñez, declinado su conocimiento por ante la Quinta
Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Nacional, mediante sentencia dictada por la Segunda Sala
de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional, decisión que fue recurrida en impugnación ante la
Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional, tribunal que, por la sentencia hoy impugnada,
declaró inadmisible el recurso de impugnación (le contredit) por haber
sido interpuesto fuera del plazo establecido por la ley; que, siendo así
las cosas, esta decisión no contiene condenaciones a cantidades de
dinero, razón por la cual no se aplican, en el caso que nos ocupa, las
disposiciones del literal c, párrafo II del artículo 5 de la Ley sobre
Procedimiento de Casación, antes transcrito; que por tal motivo el
medio de inadmisión planteado por el recurrido carece de fundamento
y debe ser desestimado; en consecuencia, procede examinar el medio
en que se sustenta el recurso de casación;

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