Sentencia Nº TC/0416/21 de Tribunal Constitucional, 24-11-2021

Número de sentenciaTC/0416/21
Fecha24 Noviembre 2021
Número de expedienteTC-05-2020-0089
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0089, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el ex
segundo teniente de la P olicía N.nal Dauris A.P.C. evas, contra la Sentencia núm. 030-04-2019-SSEN-
00346, dictada por la Tercera Sala del Tribun al Superior Administrativo el dieciséis (16) de septiembre de dos mil
diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA TC/0416/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0089, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo, incoado por el ex segundo
teniente de la Policía N.nal Dauris
A..P..C. contra la
Sentencia núm. 030-04-2019-SSEN-
00346 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
dieciséis (16) de septiembre del año
dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D.F., primer sustituto, en funciones de presidente; L.V.
.
S., segundo sustituto; Alba Luisa B.M.os, M.U.lises B.
.
V., J.P.C.K., V..J.C.os Pizano,
D.G., M.d.C.S. de Cabrera, M.V.M.
y J..A..V..G., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185,
numeral 4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, O.a del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0089, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el ex
segundo teniente de la P olicía N.nal Dauris A.P.C. evas, contra la Sentencia núm. 030-04-2019-SSEN-
00346, dictada por la Tercera Sala del Tribun al Superior Administrativo el dieciséis (16) de septiembre de dos mil
diecinueve (2019).
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Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. D.pcn de la sentencia recurrida
En ocasión de la acción de amparo incoada por el ex segundo teniente D.
.
A.P..C. contra la Dirección General de la Policía N.nal y
su anterior director, N.A.B.A., la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo dictó la Sentencia núm. 03004-2019-SSEN-00346, el
dieciséis (16) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), cuyo dispositivo,
reza de la siguiente manera:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por la
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL y la
PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, y, en consecuencia,
DECLARA INADMISIBLE la presente acción constitucional de amparo,
interpuesto por el señor D..A..P..C., en
fecha veintiséis (26) de junio del año 2019, contra la DIRECCIÓN
GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, por encontrarse vencido
el plazo de 60 días a tales fines, de acuerdo a las disposiciones del
artículo 70, numeral 2do, de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del
año 2011, O.a del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, conforme los motivos indiciados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante entidad DAURIS ALEXANDER PÉREZ CUEVAS, a la
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0089, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el ex
segundo teniente de la P olicía N.nal Dauris A.P.C. evas, contra la Sentencia núm. 030-04-2019-SSEN-
00346, dictada por la Tercera Sala del Tribun al Superior Administrativo el dieciséis (16) de septiembre de dos mil
diecinueve (2019).
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parte accionada, COMITÉ DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL, y
a la PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines
procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
Dicha sentencia fue notificada al recurrente, ex segundo teniente D.
.
A.P..C. en manos de su abogado, quien es su representante
en el recurso actual- el diecisiete (17) de octubre de dos mil diecinueve (2019),
mediante certificación de la Secretaría General del Tribunal Superior
Administrativo, según consta en el expediente.
La sentencia de marras fue también notificada a la Dirección General de la
Policía N.nal por medio del Acto núm. 204-2019, del dieciocho (18) de
noviembre de dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial
H..R..F., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo.
2. Presentacn del recurso de revisión constitucional en materia de
amparo
El recurrente, ex segundo teniente D.A.P.C. interpuso el
presente recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo mediante
instancia depositada el veintitrés (23) de octubre de dos mil diecinueve (2019)
ante la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, remitido a la
Secretaría de este tribunal constitucional el siete (7) de julio de dos mil veinte
(2020).

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