Sentencia Nº TC/0421/17 de Tribunal Constitucional, 07-08-2017

Número de sentenciaTC/0421/17
Fecha07 Agosto 2017
Número de expediente TC-04-2014-0241 y TC-07-2014-0090
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes nos. TC-04-2014-0241, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y TC-07-2014-0090,
relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de decisión jurisdiccional, ambos incoados por S.P.A. contra la
Resolución núm. 468/2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil
catorce (2014).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0421/17
Referencia: Expedientes nos. TC-04-
2014-0241, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional y
TC-07-2014-0090, relativo a la solicitud
de suspensión de ejecución de decisión
jurisdiccional, ambos incoados por S.
.
P.A. contra la Resolución
núm. 468/2014, dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia el
treinta y uno (31) de enero de dos mil
catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L..M..P..M., primera sustituta;
H.A. de los Santos, A..I.B..H., J..P.
.
C.K., V.J..C.P., J.C.D., R.
.
D.F., V..G.B., W..S.G..R. e I.R.es, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, y 9, 53 y 54 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes nos. TC-04-2014-0241, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y TC-07-2014-0090,
relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de decisión jurisdiccional, ambos incoados por S.P.A. contra la
Resolución núm. 468/2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil
catorce (2014).
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisiones jurisdiccionales
La Resolución núm. 468/2014, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil catorce (2014). Su dispositivo
declaró inadmisible el recurso de casación incoado por el señor S..P.
.
A. contra la Sentencia núm. 00137, dictada por la Cámara Penal de la Corte
de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco, según se transcribe:
Primero: Admite como interviniente a R.A.B.L. en el
recurso de casación interpuesto por S..P.A., contra la
sentencia núm. 00137, dictada por la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Francisco el 19 de julio de
2013, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución;
Segundo: Declara inadmisible el referido recurso; Tercero: Condena al
recurrente al pago de las costas penales y civiles del proceso, ordenando la
distracción de estas últimas en provecho del Dr. Á.R.S.
.
C., quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte; Cuarto:
Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes y al Juez de
la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Francisco de
Macorís.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisiones
jurisdiccionales y suspensión de ejecución de sentencia
2.1. El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y la
demanda en suspensión, fueron interpuestos por el señor S.P..A. el
dos (2) de junio de dos mil catorce (2014), a los fines de que sea revisada la
Resolución núm. 468/2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes nos. TC-04-2014-0241, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y TC-07-2014-0090,
relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de decisión jurisdiccional, ambos incoados por S.P.A. contra la
Resolución núm. 468/2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil
catorce (2014).
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Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil catorce (2014), la cual fue notificada
mediante Acto núm. 494/2014, instrumentado por el ministerial E..Á.,
alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de San
Francisco de Macorís, el treinta (30) de mayo de dos mil catorce (2014).
2.2. El escrito contentivo del recurso de revisión de decisión jurisdiccional y la
solicitud de suspensión fue notificado al señor R..A.. B.L.
mediante Acto núm. 463/2014, instrumentado por el ministerial R..A.
.
R., alguacil de estrado del Juzgado de la Instrucción de M.T..S.,
el siete (7) de agosto de dos mil catorce (2014).
2.3. En ese orden, también le fue notificado el escrito contentivo del recurso de
revisión de decisión jurisdiccional y la solicitud de suspensión al Dr. Á.R.
.
S., en su calidad de representante del señor R.A.B.L.s, a
través del Acto núm. 499/2014, instrumentado por el ministerial R..A.
.
R., alguacil de estrados del Juzgado de la Instrucción de M..T.S.,
el veinte (20) de agosto de dos mil catorce (2014).
3. Fundamentos de la sentencia objeto de revisión constitucional de
decisiones jurisdiccionales.
3.1. El recurso de casación interpuesto por el señor S..P.A. fue
declarado inadmisible por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia mediante
la Resolución núm. 468/2014. Los fundamentos esgrimidos fueron los siguientes:
…el artículo 426 del Código Procesal Penal limita los fundamentos por los
cuales la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia puede declarar la
admisibilidad de los recursos de casación, al disponer que éste procede
exclusivamente por la inobservancia o errónea aplicación de disposiciones
de orden legal, constitucional o contenidas en los pactos internacionales en

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