Sentencia Nº TC/0423/21 de Tribunal Constitucional, 24-11-2021

Número de sentenciaTC/0423/21
Número de expedienteTC-05-2020-0167
Fecha24 Noviembre 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0167, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Compañía Dominicana de Teléfonos, S., contra la Sentencia núm. 202000227, dictada por la Segunda Sala del Tribunal
de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, el veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinte
(2020).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0423/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0167, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por la Compañía
Dominicana de Teléfonos, S....A.,
contra la Sentencia núm. 202000227,
dictada por la Segunda Sala del
Tribunal de Tierras de Jurisdicción
Original del Distrito Judicial de
Santiago, el veinticinco (25) de
septiembre del año dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.l D.F.lpo, primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., M..U.
.
B..V., J..P.C.K., V..J..C.
.
P., D.G., M..d.C..S. de Cabrera, M..V.
.
M., J.A.V..G. y E.V..A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185 de la Constitución, y 94 de la Ley núm. 137-11,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0167, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Compañía Dominicana de Teléfonos, S., contra la Sentencia núm. 202000227, dictada por la Segunda Sala del Tribunal
de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, el veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinte
(2020).
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Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
En ocasión de la acción de amparo incoada por la Compañía Dominicana de
Teléfonos, S., representada por la Directora del Departamento Legal, señora
E..P..S., en contra del Ayuntamiento del Distrito Municipal de la
Canela y su Administrador, F..E..C.P., la Segunda Sala
del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de
Santiago, dictó el veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinte (2020)
la Sentencia núm. 202000227, cuyo dispositivo, copiado textualmente, reza de
la siguiente manera:
Primero: Declara inadmisible instancia recibida en la secretaria de este
tribunal, el 25 de agosto de 2020, suscrita por el Licenciado J..L.
.
R.E., actuando en nombre y representación de la Compañía
Dominicana de Teléfonos, S., en contra de la Junta Distrital del
Distrito Municipal de las Canelas y su administrador, F.E...
.
C..P.; dirigida al Tribunal de Jurisdicción Original de
Santiago, contentiva de una Acción de Amparo, por violación al derecho
de propiedad, relativo al inmueble denominado parcela número 125-C,
del Distrito Catastral No. 08 Municipio de Santiago de los Caballeros,
Provincia de Santiago; por las razones dadas más arriba en esta
decisión; Segundo: Se declara el presente proceso libre del pago de
costas, en virtud del artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0167, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Compañía Dominicana de Teléfonos, S., contra la Sentencia núm. 202000227, dictada por la Segunda Sala del Tribunal
de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, el veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinte
(2020).
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Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, No. 137-11
(Modificada por la Ley No. 145-11).
Dentro de los documentos que reposan en el expediente no se advierte
constancia de la notificación de la decisión anterior a la parte recurrente; no
obstante, su lectura íntegra tuvo lugar mediante audiencia celebrada el
veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinte (2020).
2. Presentación del recurso de revisión
La Compañía Dominicana de Teléfonos, S., a través de la directora de su
departamento legal, señora E.P.S., interpuso el presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo el cinco (5) de octubre de dos
mil veinte (2020), con el propósito de que se revoque la Sentencia núm.
202000227, dictada por la Segunda Sala del Tribunal de Tierras de la
Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, el veinticinco (25) de
septiembre de dos mil veinte (2020). El recurso fue recibido ante la secretaría
general de este Tribunal Constitucional el dos (0) de noviembre de dos mil
veinte (2020).
El presente recurso fue notificado a los recurridos el siete (7) de octubre de dos
mil veinte (2020), mediante Acto núm. 151/2020, instrumentado por J.
.
B.C.V., alguacil ordinario de la Segunda Sala del Tribunal de
Tierras de Jurisdicción Original de Santiago.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Segunda Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito
Judicial de Santiago fundamentó su decisión en los motivos siguientes:

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