Sentencia Nº TC/0433/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0433/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-07-2020-0027
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2020-0027, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por Belkis
Alicia Jiménez Jiménez contra la Sentencia núm. 422-2017, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
Página 1 de 12
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0433/20
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2020-0027, relativo a la solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesta por Belkis Alicia Jiménez
Jiménez contra la Sentencia núm. 422-
2017, dictada por la Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el veintiocho (28) de febrero
de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Justo
Pedro Castellanos Khoury, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez,
Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en
los artículos 185.4 de la Constitución de la República y 54.8 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR