Sentencia Nº TC/0436/22 de Tribunal Constitucional, 12-12-2022

Número de sentenciaTC/0436/22
Fecha12 Diciembre 2022
Número de expedienteTC-04-2022-0098
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0098, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la entidad A.P., C.P.A., (A.P., S.L.R.) contra la Sentencia núm. 970-2017, dictada por la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia del veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 41
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0436/22 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0098, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la
entidad A.P.rformance, C.P.
.
A., (A..P.rformance, S.L.R.) contra
la Sentencia núm. 970-2017, dictada
por la Primera Sala de la Suprema
Corte de Justicia del veintiséis (26) de
abril de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L..B.
.
M., J.P.C.K., V.or J.C..P.,
D.G., M.V.a Montero, J.A.o V.G. y
E..V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución;
9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0098, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la entidad A.P., C.P.A., (A.P., S.L.R.) contra la Sentencia núm. 970-2017, dictada por la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia del veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 41
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 970-2017, objeto del presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional, fue dictada por la Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia, el veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017).
La referida sentencia en su parte dispositiva estableceexpresamentelo
siguiente:
Primero: Casa por vía de supresión y sin envío, las letras C y D del
ordinal tercero y el ordinal cuarto de la sentencia impugnada, relativos
a la condenación de un astreinte, daños materiales y las costas del
procedimiento, solo con relación al señor R.L..T.
.
S., ordenadas por la sentencia núm. 278-2009, dictada por la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de S..P. de Macorís, el 15 de octubre de 2009, cuyo
dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo,
Segundo: Rechaza en sus demás aspectos el presente el presente
recurso de casación interpuesto por la sociedad Geología Rosas y
Medio Ambiente, S.A. (GERONSA) y el señor R.L.T.
.
S.;
Tercero: Compensa las costas.
El dieciocho (18) de octubre de dos mil diecisiete (2017), la secretaría general
de la Suprema Corte de Justicia notificó el dispositivo de la sentencia
impugnada al representante legal de la parte recurrente, A.P., C.
por A. (Adair Performance, S.R.L.), mediante el Memorándum, del seis (6) de
República Dominicana
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la entidad A.P., C.P.A., (A.P., S.L.R.) contra la Sentencia núm. 970-2017, dictada por la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia del veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017). Página 3 de 41
octubre de dos mil diecisiete (2017). Sin embargo, en el expediente no existe
constancia de que la referida decisión haya sido notificada, de manera íntegra,
a dicha recurrente o a su abogado.
2. Presentación del recurso en revisión de decisiones jurisdiccionales
La parte recurrente, A.P., C. por A..(.P., S.R.L.),
interpuso formal recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
en contra de la Sentencia núm. 970-2017, del veintiséis (26) de abril de dos mil
diecisiete (2017), dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia,
mediante escrito depositado en la secretaría general de la Suprema Corte de
Justicia, el siete (7) de septiembre de dos mil dieciocho (2018), el cual, a su vez,
fue remitido a este Tribunal Constitucional, el cinco (5) de julio de dos mil
veintidós (2022).
El referido recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales, fue
notificado a la parte recurrida, entidad Geología Rocas y Medio Ambiente S.A.
(Grupo Geronsa) y el señor R.L.T.S., mediante el Acto
núm. 1020/2018, del cinco (5) de octubre de dos mil dieciocho (2018),
instrumentado por el ministerial L..R.G..B., alguacil
ordinario de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamenta su decisión
básicamenteen los siguientes argumentos:
Considerando, que ciertamente, tal como lo reclama la recurrente, a
partir de una revisión al contrato de venta suscrito en fecha 18 de

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