Sentencia Nº TC/0463/21 de Tribunal Constitucional, 07-12-2021
Número de sentencia | TC/0463/21 |
Fecha | 07 Diciembre 2021 |
Número de expediente | TC-04-2021-0012 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0012, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S.A. y los sucesores de los seño res S.L.L. (fallecido) y N.
.K.M.(.fallecido) contra la Sentencia núm. 878 dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
J.sticia del treinta (30) de mayo del año dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 47
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0463/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0012, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por la
Corporación Hotelera Riviera
Dominicana, S.A. y los sucesores de
los señores S.L.L.
(fallecido) y N..K.M.
.(.fallecido) contra la Sentencia núm.
878, dictada por la Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de
J.sticia del treinta (30) de mayo del
año dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; J..A.A., M.U.lises
B.V., J.P.C.K., D.G., M.V.
.M., J.A..V.G. y E..V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, y 9 y 53 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0012, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S.A. y los sucesores de los seño res S.L.L. (fallecido) y N.
.K.M.(.fallecido) contra la Sentencia núm. 878 dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
J.sticia del treinta (30) de mayo del año dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 47
Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 878 objeto del presente recurso de revisión constitucional
de decisión jurisdiccional fue dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de J.sticia el treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
Y en su dispositivo dispuso:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por la
Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S..A., S.L.
.L. y N.j Khoury Mikhail, contra la sentencia civil núm. 441-2005-
128, dictada en fecha 25 de noviembre de 2005, por la Cámara Civil,
Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación del Departamento
J.dicial de B., cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior
de este fallo; S.o: Compensa las costas.”
La referida sentencia fue notificada a la parte recurrente, la Corporación
Hotelera Riviera Dominicana, S.A. y los sucesores de los señores S.
.L.L. (fallecido) y N.j K..M..(.fallecido), mediante Acto
núm. 005/2020, instrumentado por el ministerial A.M..B.
.R., alguacil de estrado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento J.dicial de B., del veintitrés (23) de enero de dos mil
veinte (2020).
República Dominicana
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Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S.A. y los sucesores de los seño res S.L.L. (fallecido) y N.
.K.M.(.fallecido) contra la Sentencia núm. 878 dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
J.sticia del treinta (30) de mayo del año dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 47
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La parte recurrente, la Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S.A. y los
sucesores de los señores S..L..L. (fallecido) y N..K.
.M..(.fallecido), interpuso el presente recurso mediante instancia
depositada ante la Secretaría General de la Suprema Corte de J.sticia el
veinticuatro (24) de febrero de dos mil veinte (2020), y en el mismo le solicita
a este tribunal anular la sentencia recurrida por haber inobservado la tutela
judicial efectiva y el debido proceso.
El recurso fue notificado a la parte recurrida, la señora K.D..G.,
y a su abogado constituido y apoderado especial, Dr. S.G.M.ano,
mediante el Acto núm. 82/2020, instrumentado por el ministerial E.
.A.P.P., alguacil ordinario del Cuarto Tribunal Colegiado de la
Cámara Penal del J.zgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, del trece
(13) de marzo de dos mil veinte (2020). De igual manera le fue notificado
nuevamente el referido recurso a la parte recurrida, la señora K..D.
.G., mediante Acto núm. 472-2020, instrumentado por el ministerial F.
.A.S.R., alguacil ordinario de la Cuarta Sala Penal del J.zgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional, del diecisiete (17) de septiembre de
dos mil veinte (2020).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de J.sticia rechazó el recurso
de casación interpuesto por la Corporación Hotelera Riviera Dominicana, S..A.
y los sucesores de los señores S.L.s L. (fallecido) y N.j
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