Sentencia Nº TC/0464/21 de Tribunal Constitucional, 07-12-2021

Número de sentenciaTC/0464/21
Número de expedienteTC-05-2016-0465
Fecha07 Diciembre 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0465, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor D.S.O. contra la Sentencia núm. 00267-2016 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo del veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 42
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0464/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0465, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el señor D.
.
S.n..O.z contra la Sentencia
núm. 00267-2016 dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo del veinte (20) de
junio del año dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R.G.vara, presidente; R..e.D.F., primer sustituto; L.
.
V..S., segundo sustituto; J.A.A., M.U.s
B.V., J.P.C.K., D.G., M.V.
.
M., J.A.V.G. y E.V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0465, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor D.S.O. contra la Sentencia núm. 00267-2016 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo del veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 42
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 00267-2016, objeto del presente recurso de revisión fue
dictada el veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016), por la Primera Sala
del Tribunal Superior Administrativo. Su parte dispositiva expresa lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de A., interpuesta en fecha VEINTICINCO
(25) del mes de MAYO del año dos mil dieciséis (2016), por el señor
D.S..E.O., contra la Policía Nacional (P..N., y el
General de Brigada L.. N.R.P.P., por
haber sido interpuesta de conformidad con la ley que rige la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la indicada Acción
Constitucional de A., al verificarse que no hubo ninguna
vulneración de derechos fundamentales.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio
del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
CUARTO: ORDENA, la comunicación por Secretaría de la presente
sentencia a la parte accionante, señor D.S.O., a la
parte accionada Policía Nacional (P.), y el General de Brigada L..
N..R..P. PAREDES y al PROCURADOR
GENERAL ADMINISTRATIVO.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0465, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor D.S.O. contra la Sentencia núm. 00267-2016 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo del veinte (20) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 3 de 42
QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada al señor D..S.
.
O., parte recurrente, mediante comunicación de la secretaría del Tribunal
Superior Administrativo el veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016);
y mediante el Acto num. 1601-2016, del veintiséis (26) de noviembre de dos
mil dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial A.M.
.
M., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo, a la parte
recurrida Policía Nacional.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
En el presente caso, el recurrente, D..S.O., apoderó a este Tribunal
Constitucional del recurso de revisión contra la sentencia anteriormente descrita,
mediante instancia depositada el tres (3) de agosto de dos mil dieciséis (2016),
por ante la secretaría del Tribunal Superior Administrativo y remitido a este
Tribunal Constitucional el veintidós (22) de diciembre de dos mil dieciséis
(2016). El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más
adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a la Policía Nacional mediante
el Acto núm. 1534-2016, del veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis
(2016), a requerimiento de la Secretaía del Tribunal Superior Administrativo,
instrumentado por el ministerial A..M..M., alguacil
ordinario del Tribunal Superior Adminsitrativo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en atribuciones de
amparo, mediante Sentencia num. 00267-2016, dictada el veinte (20) de junio

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