Sentencia Nº TC/0484/17 de Tribunal Constitucional, 10-10-2017

Número de sentenciaTC/0484/17
Fecha10 Octubre 2017
Número de expediente TC-04-2014-0095
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por
TRICOM, S.A. contra de la S entencia núm. 24, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y
Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de enero de dos mil catorce (2014).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0484/17
Referencia: Expediente núm. TC-04-2014-
0095, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
incoado por TRICOM, S.A. contra de la
Sentencia núm. 24, dictada por la Tercera
Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario de
la Suprema Corte de Justicia el veintidós
(22) de enero de dos mil catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete
(2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; Leyda M.P.M., primera sustituta; A.
.
I..B..H., J..P..C..K., V..J.
.
C..P., J..C.D., Rafael D.F., V..G.B.,
W.S..G.R., K..M.J.M. e I.R.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 9, 53 y 54 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por
TRICOM, S.A. contra de la S entencia núm. 24, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y
Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de enero de dos mil catorce (2014).
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 24, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y C.ncioso Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veintidós (22) de enero de dos mil catorce (2014), ahora recurrida en
revisión constitucional por la sociedad comercial TRICOM, S.A., rechazó el
recurso de casación interpuesto por dicha sociedad comercial contra la sentencia
del treinta (30) de diciembre de dos mil nueve (2009), dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo (hoy Superior
Administrativo), en atribuciones de lo contencioso administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión constitucional contra la Sentencia núm. 24 fue
incoado por la sociedad comercial TRICOM, S.A. el catorce (14) de febrero de dos
mil catorce (2014), en escrito depositado en la Secretaría General de la Suprema
Corte de Justicia.
El referido recurso de revisión fue notificado por la parte recurrente, TRICOM,
S.A., a la parte recurrida, Compañía Dominicana de Teléfonos, C.X.A
(CODETEL), ahora (CLARO), mediante el Acto de notificación núm. 133/2014,
del catorce (14) de febrero de dos mil catorce (2014), instrumentado por el
ministerial S..Z.G., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la
Corte de Apelación del Distrito Nacional, mediante el cual se notifica el escrito de
réplica de TRICOM, S.A., al escrito de defensa de la Compañía Dominicana de
Teléfonos, C.X.A.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por
TRICOM, S.A. contra de la S entencia núm. 24, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y
Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de enero de dos mil catorce (2014).
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3. Fundamentos de la decisión jurisdiccional recurrida en revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 24, que declara inadmisible el recurso de casación interpuesto
por la entidad hoy recurrente, se fundamenta en los motivos que se exponen a
continuación:
a. Considerando, que para fundamentar su decisión la Segunda Sala del
Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, hoy Tribunal Superior
Administrativo, sostuvo que, en cuanto a las pretensiones vertidas por la parte
recurrente en el sentido de que se revoque el ordinal cuarto de la resolución
dictada por el Indotel era preciso señalar que el artículo 56 de la Ley No.153-98,
dispone que los convenios de interconexión serán libremente negociados por las
partes y se guiarán por los reglamentos correspondientes; en caso de desacuerdos,
a pedido de cualquiera de ellas y aún de oficio, intervendrá el órgano regulador,
previa consulta no vinculante, realizando éste sus observaciones en un plazo de 10
días, situación que no ocurrió en la especie por lo que el contrato y su adendum
adquirieron plena vigencia; que en la resolución recurrida primó el principio de
intangibilidad y de relatividad, base de los contratos, al aplicar en su ordinal
cuarto el acuerdo suscrito entre Codetel y Tricom respecto al costo de adquisición
y de facilidades bidireccionales preexistentes; que los principios de la autonomía
de la voluntad de las partes, de intangibilidad y de relatividad, base de los
contratos fueron los que primaron en la resolución hoy recurrida, taxativamente al
aplicar en su ordinal cuarto, el acuerdo suscrito entre Codetel y Tricom respecto
al costo de adquisición y de facilidades bidireccionales preexistentes.
b. Considerando, que del estudio de la sentencia impugnada y de la
documentación a la que ella se refiere esta Suprema Corte de Justicia ha podido
verificar, que en fecha 17 de mayo de 1994, la hoy recurrente, TRICOM, S.A.,

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