Sentencia Nº TC/0493/21 de Tribunal Constitucional, 16-12-2021
Número de sentencia | TC/0493/21 |
Fecha | 16 Diciembre 2021 |
Número de expediente | TC-05-2014-0290 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
señora E.R. contra la Sentencia núm. 00303-2014, dictad a por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de agosto de dos mil catorce (2014). Página 1 de 40
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0493/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2014-0290, relativo alrecurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto porlaseñora
E..R. contra la
Sentencia núm. 00303-2014, dictada
porlaPrimera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veinticinco
(25) de agosto de dos mil catorce
(2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a losdieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; J..A.A., A.L.B.
.M., M..U.B..V., J..P.C..K., V.
.J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M..V.M. y J..A.V..G., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos185.4 dela Constitución, y 9 y 94dela Ley núm. 137-
11,Orgánica del Tribunal Constitucional y delos Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
señora E.R. contra la Sentencia núm. 00303-2014, dictad a por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de agosto de dos mil catorce (2014). Página 2 de 40
Constitucionales, del trece (13) dejunio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:I.ANTECEDENTES
1.Descripción delasentencia recurrida en revisión en materia de
amparo
LaSentencia núm. 00303-2014, objeto del presente recurso de revisión fue
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticinco
(25) deagosto dedosmil catorce (2014). Este fallo, quedecidió laacción de
amparo sometida por la señora E.lda R. contra elMinisterio de
Hacienda y la Dirección General deJ.iones y P.iones a cargo deEstado,
presenta el siguiente dispositivo:
PRIMERO: RECHAZA los MEDIOS DE INADMISION planteados por
la Procuraduría General Administrativa, por los motivos expuestos.
SEGUNDO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo de Cumplimiento incoada en fecha 20
de junio del año 2014, por la señora EMEGILDA RODRIGUEZ, en
contra del Ministerio de Hacienda de la Republica Dominicana y la
Dirección General de J.iones y P.iones a cargo del Estado, por
haber sido interpuesta de conformidad a la normativa procesal vigente.
TERCERO: RECHAZA en cuanto al fondo, la Acción Constitucional de
amparo de Cumplimiento interpuesta por la señora EMEGILDA
RODRIGUEZ, contra del Ministerio de Hacienda de la Republica
Dominicana y la Dirección General de J.iones y P.iones a cargo
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0290, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
señora E.R. contra la Sentencia núm. 00303-2014, dictad a por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de agosto de dos mil catorce (2014). Página 3 de 40
del Estado, al verificar que no hubo vulneración ninguna de derechos
fundamentales.
CUARTO: DECLARA libre de costas el presente proceso en razón de la
materia de que se trata.
QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea comunicada por
secretaria a la parte recurrente, la señora E.R., a
la parte recurrida Ministerio de Hacienda y la Dirección General de
P.ionados a Cargo del Estado y al Procurador General
Administrativo.
SEXTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
Laaludida Sentencia núm. 00303-2014, fue notificada a laseñora E..
.R. mediante entrega de copia certificada dedicho fallo, según consta en
lacertificación emitida porla Secretaria General del Tribunal Superior
Administrativo, del veintidós (22) de septiembre dedos mil catorce (2014), la
cual fue recibida por el representante legal dela referida señora en esa misma
fecha; asimismo, a la Procuraduría General Administrativa mediante entrega de
copia certificada dela referida decisión, según certificación emitida por la
Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo, del veintinueve (29)
de octubre dedos mil catorce (2014),la cual fue recibida porla referida
institución en esa misma fecha.
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