Sentencia Nº TC/0500/17 de Tribunal Constitucional, 17-10-2017

Número de sentenciaTC/0500/17
Fecha18 Octubre 2017
Número de expediente TC-07-2015-0079
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2015-0079, relativo a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el Banco de
Reservas de la República Dominicana y el Consejo de Administradores del Banco de Reservas de la República Dominicana,
contra la Sentencia núm . 118-2015, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del J.o de Primera Instancia del Distrito
Nacional el veinte (20) de agosto de dos mil quince (2015).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0500/17
Referencia: Expediente núm. TC-07-2015-
0079, relativo a la demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesta por el
Banco de Reservas de la República
Dominicana y el Consejo de
Administradores del Banco de Reservas de
la República Dominicana, contra la
Sentencia núm. 118-2015, dictada por la
Cuarta Sala de la Cámara Penal del J.o
de Primera Instancia del Distrito Nacional
el veinte (20) de agosto de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete
(2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
M.P.M.o, primera sustituta, presidenta en funciones; H..
.
A. de los Santos, A.I.B.H., Justo P.C.
.
K., V.J.C.P., J..i.C.D., V.G.
.
B., W.S.G..R., K.M.J.z M. e I..
.
R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente
las previstas en los artículos 185, numeral 4, de la Constitución 9; y 94 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2015-0079, relativo a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el Banco de
Reservas de la República Dominicana y el Consejo de Administradores del Banco de Reservas de la República Dominicana,
contra la Sentencia núm . 118-2015, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del J.o de Primera Instancia del Distrito
Nacional el veinte (20) de agosto de dos mil quince (2015).
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Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia objeto de la demanda en suspensión de
ejecución de sentencia de amparo
La Sentencia núm. 118-2015, cuya suspensión se solicita, dictada por la Cuarta
Sala Penal del J.o de Primera Instancia del Distrito Nacional el veinte (20) de
agosto de dos mil quince (2015), dispone lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA la presente acción de Amparo intentada por la
sociedad comercial P. Universal Corp., representada por el señor
J.P. silva, por intermedio de sus abogados, L.. M.
.
O.R. y R.d...R., en contra del Estado Dominicano,
representado por el Dr. F..D..B., Procuraduría
General de la República, el Dr. F..D.B., en su calidad
personal y de Procurador General de la República Fiscal del Distrito
Nacional, La Procuraduría Especializada de Lavado de Activos
representada por el L.do. G.M..V.lalona, la Procuradora
Fiscal del Distrito Nacional, L.. Y.B.R., en su calidad
personal, titular y representante de la Fiscalía del Distrito Nacional,
Banco del Reservas de la República Dominicana y a su administrador,
Consejo de Administración del Banco de Reservas de la República
Dominicana y L.do. S.L.M., Ministro de Hacienda,
Presidente ex oficio, regular y valida en cuanto a la forma, por haber sido
hecha conforme a la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales.

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