Sentencia Nº TC/0503/19 de Tribunal Constitucional, 21-11-2019

Número de sentenciaTC/0503/19
Número de expediente TC-04-2018-0155
Fecha21 Noviembre 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0155, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia interpuesto por el señor H.o V. Sierra, contra la Sentencia núm. 60-2017, dictada por las S. Reunidas
de la Suprema C.e de J.ia el veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0503/19
R.ia: Expediente núm. TC-04-2018-
0155, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional y
solicitud de suspensión de ejecución de
sentencia interpuesto por el señor H.o
V. Sierra, contra la Sentencia núm. 60-
2017, dictada por las S. Reunidas de la
Suprema C.e de Justicia el veinticinco (25)
de mayo de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados R.l
D.F., primer sustituto, presidente en funciones; L.V..S.,
segundo sustituto; H..A. de los Santos, J.A..A., A.
.
L.B..M., A.I..B.H., J..P.C.
.
K., V.J..C..P., W.S.G.R. y K.
.
M.J..m.M., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución
y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, O.ca del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta
la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0155, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia interpuesto por el señor H.o V. Sierra, contra la Sentencia núm. 60-2017, dictada por las S. Reunidas
de la Suprema C.e de J.ia el veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
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1. D.ciones de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y cuya suspensión de ejecución de solicita
El presente recurso fue incoado contra la Sentencia núm. 60-2017 dictada por las
S.R. de la Suprema C.e de J.ia el veinticinco (25) de mayo de dos
mil dieciséis (2016), cuyo dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO:
Rechazan el recurso de casación interpuesto por H..V.
.
S.M. contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior
de Tierras del Departamento Noroeste, del 18 de febrero de 2013,
cuyo dispositivo se ha copiado en parte anterior del presente fallo;
SEGUNDO
Condenan a la parte recurrente al pago de las costas y las distrae en
favor del Licdo. C..J.E., abogado de la parte
recurrida, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada mediante el Acto núm. 1,372/17,
instrumentado por el ministerial R..A.R.M..t., alguacil de estrados
del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Puerto Plata el
dieciséis (16) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
2. P.ación del recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
y de la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia
El presente recurso de revisión constitucional contra la Sentencia núm. 60-2017
dictada por las S.R. de la Suprema C.e de J.ia el veinticinco (25) de
mayo del año dos mil dieciséis (2016) fue interpuesto por el señor H..V.
.
S. el treinta (30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) ante la S.etaría
General de la Suprema C.e de J.ia, remitido a este tribunal constitucional el
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0155, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia interpuesto por el señor H.o V. Sierra, contra la Sentencia núm. 60-2017, dictada por las S. Reunidas
de la Suprema C.e de J.ia el veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
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nueve (9) de octubre de dos mil dieciocho (2018), mediante el cual solicita que sea
acogido el presente recurso y sea suspendida la ejecución de la misma, sobre las
argumentaciones que más adelante serán indicadas.
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, señora A.M..G., a
requerimiento de la parte recurrente, señor H..V.S., mediante Acto
núm. 1765/2017, instrumentado por el ministerial R.J..T., alguacil
ordinario de la C.e de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, el
cinco (5) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
3. F.ntos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia rechazaron el recurso de casación
interpuesto por el señor Hilario Ventura Sierra, mediante la Sentencia núm. 60-2017,
del veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciséis (2016), alegando entre otros
motivos los siguientes:
a. … esta Corte de Casación ha sostenido que la facultad que tienen los jueces del
fondo de apreciar las pruebas que se les aporten y de esa apreciación formar su
criterio sobre la realidad de los hechos en que las partes sustentan sus respectivas
pretensiones, permite a éstos, entre pruebas disímiles, fundamentar sus decisiones en
que aquellas que les merezcan más créditos y descartar las que, a su juicio, no guarden
armonía con los hechos de la causa; que al examinar una prueba y restarle valor para
el establecimiento del hecho que se pretende probar, el tribunal no está ignorando la
misma, ni incurriendo en el vicio de falta de ponderación de la prueba, sino que hace
un uso correcto del poder de apreciación de que dispone;
b. …la simulación tiene lugar cuando se encubre el carácter jurídico de un acto
bajo la apariencia de otro, o cuando el acto contiene cláusulas que no son sinceras o

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