Sentencia Nº TC/0518/18 de Tribunal Constitucional, 05-12-2018

Número de sentenciaTC/0518/18
Número de expediente TC-05-2018-0053
Fecha05 Diciembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0053, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
K.N.A.A. contra la Sentencia núm. 0030-2017 -SSEN-00264, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 33
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0518/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0053, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por la señora K.
.
N.A..A., contra la
Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-
00264, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
catorce (14) de agosto de dos mil
diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; A..I.
.
B.H., V.J..C.P., J.C.ry D., R.
.
D..F., Víctor Gómez B., W..S..G..R., Katia Miguelina
J..M. e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución, y los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0053, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
K.N.A.A. contra la Sentencia núm. 0030-2017 -SSEN-00264, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 33
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00264, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Su
dispositivo decretó lo siguiente:
Primero: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la acción
constitucional de amparo interpuesta por la señora K..N.
.
A.A., en contra del Ministerio de Salud Pública y A.a
Social (MISPAS), por haber sido interpuesta de acuerdo a las disposiciones
que rigen la materia; Segundo: Rechaza en cuanto al fondo la citada acción
constitucional de amparo interpuesta por K..N..A.
.
A., en contra del Ministerio de Salud Pública y A.a Social
(MISPAS), por no existir transgresión alguna de sus derechos fundamentales;
Tercero: Declara libre de costas el presente proceso de conformidad con el
artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica
del Tribunal Superior Administrativo; Cuarto: Ordena que la presente
sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia previamente descrita fue notificada a la señora K..N.
.
A.A., mediante certificado emitido por L.D.G.
.
V., secretaria general del Tribunal Superior Administrativo, el doce (12) de
septiembre de dos mil diecisiete (2017).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0053, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
K.N.A.A. contra la Sentencia núm. 0030-2017 -SSEN-00264, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Página 3 de 33
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
En el presente caso, la parte recurrente, señora K..N..A.
.
A., apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión constitucional
contra la sentencia anteriormente descrita, mediante escrito depositado en la
Secretaría del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de septiembre de
dos mil diecisiete (2017), y fue recibido en esta sede el cinco (5) de febrero de dos
mil dieciocho (2018). El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se
exponen más adelante.
El presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo le fue notificada
a la parte recurrida, Ministerio de Salud y A.a Social (MISPAS), mediante
Acto núm. 017-2017, del cinco (5) de diciembre de dos mil diecisiete (2017),
instrumentado por el ministerial W.A..G..P., alguacil
ordinario del Tribunal Superior Administrativo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo rechazó la acción de amparo
interpuesta por la señora K.N..a.A.A., esencialmente, por
los siguientes motivos:
a. Que el reglamento G.ral de Residencias Médicas, de fecha 11 de
febrero de 1997 indica que: “El nivel I de Residencias Médicas, integrado
por: La Secretaria de Estado de Salud Pública y A.a Social (SESPAS);
La secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, El Instituto Dominicano de
Seguridad Social (IDSS); La Asociación Médica Dominicana (AMD) y la
Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), es el organismo supremo
normativo de las Residencias Médicas (sic);

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