Sentencia Nº TC/0704/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0704/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2015-0013
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por M.
.
R.P.A. contra la Resolución núm. 2675-2014 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el trece
(13) de junio de dos mil catorce (2014). Página 1 de 43
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0704/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0013, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por M..R..P.
.
A. contra la Resolución núm. 2675-
2014 dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia, el trece (13) de
junio de dos mil catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V..S., segundo sustituto; A..I..B.H., J.P.
.
C.K., V..J.C..P., J.C.ry D., R.
.
D.F.po, V.or G.B., W.S..G.R., K..M.
.
J..M. e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 277 de la
Constitución y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por M.
.
R.P.A. contra la Resolución núm. 2675-2014 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el trece
(13) de junio de dos mil catorce (2014). Página 2 de 43
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
El presente caso se contrae a un recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto contra la Resolución núm. 2675-2014, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el trece (13) de junio de dos mil
catorce (2014), cuya parte dispositiva, copiada a la letra, expresa lo siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de revisión interpuesto por
M.R.P.A., contra la sentencia núm. 020-Bis, dictada
por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial
de San Francisco de Macorís el 5 de marzo de 2009, cuyo dispositivo se
copia en parte anterior de esta resolución; Segundo: Condena al
recurrente al pago de las costas causadas; Tercero: Ordena que la
presente resolución sea notificada a las partes.
En el expediente no existe constancia de que la sentencia indicada anteriormente,
haya sido notificada al señor M.R.P.A..
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurrente, señor M.l R..P.A., interpuso el treinta (30) de
septiembre de dos mil catorce (2014), un recurso de revisión de decisión
jurisdiccional contra la Resolución núm. 2675-2014.
Dicho recurso fue notificado a la señora A.P.C.C.denes, en su calidad
de querellante y abuela de la entonces menor A.M.P.H., mediante el Acto núm.
1251/2014, instrumentado por el ministerial Francisco Alberto Espinal Almánzar,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por M.
.
R.P.A. contra la Resolución núm. 2675-2014 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el trece
(13) de junio de dos mil catorce (2014). Página 3 de 43
alguacil de estrados de la Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del
Distrito Judicial de Duarte el treinta y uno (31) de octubre de dos mil catorce (2014),
y al procurador general de la República mediante el Oficio núm. 17545, emitido por
la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de noviembre
de dos mil catorce (2014).
3. Fundamentos de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante la Resolución núm.
2675-2014, declaró inadmisible el recurso de revisión interpuesto por el señor
M..R.P..A. contra la Sentencia núm. 020-Bis, dictada por la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco
de Macorís el cinco (5) de marzo de dos mil nueve (2009), y para justificar su
decisión, entre otros argumentos, presenta los siguientes:
a. Atendido, que para que sea viable la solicitud de revisión se requiere que la
misma se intente contra una sentencia condenatoria firme, y que el documento
mediante el que se interpone el referido recurso extraordinario exprese con
precisión y claridad en cuál de las siete causales de manera limitativa cita el
artículo 42 del Código Procesal Penal, se enmarca el caso de que se trate.
b. Atendido, que además del imperativo contenido en el texto legal mencionado,
el artículo 435 de la misma normativa establece que “Tras la negativa de la revisión
o la sentencia confirmatoria de la recurrida, el recurso puede ser interpuesto
nuevamente si se funda en motivos distintos. Las cosas de una revisión rechazada
están a cargo del recurrente.
c. Atendido, que como se aprecia, por aplicación de las disposiciones ya
señaladas, el presente de revisión deviene en inadmisible, por fundarse en los

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